La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es la encargada de determinar quién es la persona que puede cobrar la pensión de un jubilado cuando muere luego de la gestión correspondiente. Este acompañamiento económico es monto proporcional del total. Ahora el trámite se puede realizar por internet.
ANSES: cuando un jubilado fallece, ¿quién tiene derecho a cobrar la pensión?
ANSES explica quién cobra la pensión de un jubilado cuando fallece, garantizando un acompañamiento económico. Ahora el trámite se puede realizar por internet

ANSES: cuando un jubilado fallece, ¿quién tiene derecho a cobrar la pensión?
ANSES detalla quiénes son los familiares con el derecho a cobrar una pensión en compensación del haber del titular (jubilado) fallecido, a través de la reglamentación del sistema previsional argentino.
Es de vital importancia aclarar que la decisión final de ANSES dependerá de la edad, el vínculo que mantengan y la condición.
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ANSES: cuando un jubilado fallece, ¿quién tiene derecho a cobrar la pensión?
ANSES entrega la pensión por fallecimiento de un jubilado con el fin de garantizar un acompañamiento económico al familiar del titular fallecido y le corresponde al cónyuge, conviviente o hijos. El trámite ya no es necesario realizarlo de manera presencial en una oficina del organismo, que se conseguía con turno previo y presentando la documentación que certifique el vínculo.
Vale remarcar que los hijos de un jubilado mayores de 18 años y con capacidad de tener una vida laboral activa no pueden recibir una pensión, explica ANSES.
Los requisitos para poder solicitar la pensión por fallecimiento de un jubilado
Hay que tener en cuenta que para realizar este trámite en ANSES deben haber transcurrido 10 días hábiles desde el fallecimiento de la persona jubilada. Los requisitos, dependiendo del parentesco, son:
- Cónyuge: partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento)
- Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años
- Hijos: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido
ANSES: cómo realizar el trámite por internet
ANSES dio a conocer en las últimas horas que para solicitar la pensión por internet es necesario que:
- tus datos personales y los del fallecimiento del jubilado se encuentren acreditados
- tengas tu matrimonio acreditado con partida actualizada a una fecha no mayor a 6 meses anteriores al fallecimiento o convivencia previsional acreditada dentro del mismo período
- tus datos de contacto se encuentren verificados (celular y correo electrónico)
Por otro lado, explica un importante dato y es que podés hacer este trámite por internet hasta 4 meses después de la fecha de fallecimiento del jubilado. Cumplido este plazo deberás realizarlo presencialmente en una oficina de ANSES.
ANSES: paso a paso para hacer el trámite por internet
1. Ingresá en Mi ANSES
Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y clave de la Seguridad Social y revisá que tu información personal y vínculos familiares estén registrados y actualizados.
2. Solicitá la pensión derivada
En el menú mi ANSES seleccioná Solicitud de Prestaciones > Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado y seguí los pasos. Recordá tener a mano:
- tu número de CUIL, el del jubilado fallecido y de tus hijos (si corresponde)
- el número de la prestación de jubilación del titular fallecido.
3. Verificá tu solicitud
A partir de las 72 h de haber realizado la solicitud, podés hacer el seguimiento a través de mi ANSES. Vas a recibir un correo electrónico con el resultado una vez finalizado.
Tené en cuenta que para realizar solicitar la pensión por mi ANSES deben haber transcurrido entre 10 días hábiles y hasta 4 meses desde la fecha de fallecimiento del titular. Posteriormente a ese plazo, deberás solicitarla en una oficina.