La Corte avaló la cesantía

Usó historias clínicas del Hospital Central para una denuncia gremial y se quedó sin trabajo

Una empleada del Hospital Central con acceso al sistema de historias clínicas llevó documentación médica de pacientes a una denuncia ante Diputados

Por Analía Doña

Hay denuncias gremiales que pueden generar una discusión laboral. Pero en este caso, el problema no estuvo en denunciar, sino en qué documentación se utilizó para respaldar esa denuncia. Una empleada del Hospital Central que tenía acceso al sistema de historias clínicas llevó información médica de pacientes a una presentación realizada ante la Cámara de Diputados y terminó cesanteada.

La decisión quedó ratificada ahora por el Gobierno de Mendoza mediante el Decreto 1433, firmado por el gobernador Alfredo Cornejo, después de que la Suprema Corte de Justicia rechazara el recurso presentado por la trabajadora y confirmara la exclusión de su tutela sindical.

El caso terminó con una cesantía en el Hospital Central por el uso de historias clínicas.

La agente fue identificada como Mirta Viviana Rodríguez, quien se desempeñaba en la Secretaría de Sala del Hospital Central y contaba con un usuario habilitado para consultar las historias clínicas del nosocomio. El sumario concluyó que utilizó documentación sanitaria de terceros sin que existiera consentimiento de los pacientes.

Del Hospital Central a Diputados: el origen del conflicto

El caso comenzó con una denuncia presentada ante la Comisión de Derechos y Garantías Constitucionales, Peticiones y Poderes de la Cámara de Diputados por un grupo de seis trabajadores del Hospital Central, afiliados a ATE.

La presentación apuntaba a cuestiones laborales, entre ellas condiciones de trabajo, falta de insumos y presuntos abusos de autoridad. Pero cuando la documentación llegó a la Cámara apareció otro problema: entre los papeles había información médica de pacientes del hospital.

La propia Secretaría Legislativa de Diputados advirtió que era improcedente e ilegal exponer historias clínicas de pacientes a terceros ajenos al tratamiento sin consentimiento previo. Por eso ordenó retirar esas hojas de la denuncia y devolverlas al Hospital Central en un sobre cerrado. Luego, una escribana certificó el contenido al abrir el sobre.

Ese fue el punto que derivó en el sumario administrativo contra Rodríguez.

Qué dijo la empleada del Hospital Central

Rodríguez negó que la documentación incorporada a la denuncia fueran historias clínicas y rechazó haber violado las normas de protección de datos personales. También sostuvo que estaba ejerciendo su derecho a denunciar irregularidades y planteó que la investigación podía estar vinculada con una persecución gremial.

Pero para la Administración hubo dos elementos objetivos que terminaron siendo determinantes: la nota de la Secretaría Legislativa de Diputados, que había identificado la documentación como historias clínicas, y el acta notarial que constató su existencia.

Además, el expediente estableció que Rodríguez tenía acceso funcional al sistema de historias clínicas del Hospital Central. Un informe de Informática Médica indicó que su usuario en el sistema EVA le permitía consultar la totalidad de las historias clínicas del hospital.

El decreto hace una distinción clave: la posibilidad de denunciar irregularidades no fue cuestionada. Lo que se consideró indebido fue utilizar, para hacerlo, información sanitaria de personas que no tenían relación con el conflicto gremial y cuyo consentimiento para difundir esos datos no constaba.

La Corte avaló la cesantía

El sumario entendió que la conducta violó distintas normas. Entre ellas, la Ley de Derechos del Paciente, que protege la privacidad y confidencialidad de las historias clínicas; la Ley de Protección de Datos Personales, que considera sensible la información sobre salud; y el Estatuto del Empleado Público de Mendoza.

La gravedad también estuvo vinculada con el lugar desde el cual se obtuvo la información. El decreto remarca que Rodríguez tenía acceso al sistema justamente por las funciones que cumplía en el hospital y que esa posición implicaba un deber especial de custodia y confidencialidad.

La cesantía había sido dispuesta en 2024 por la Dirección Ejecutiva del Hospital Central. Como la agente tenía tutela sindical por ser delegada de ATE, antes debió tramitarse judicialmente su exclusión de esa protección.

La Segunda Cámara del Trabajo hizo lugar al pedido del hospital en junio de 2025. Rodríguez recurrió ante la Suprema Corte de Mendoza, pero el máximo tribunal provincial rechazó el recurso extraordinario.

Con ese camino judicial despejado, el Gobierno ratificó por decreto la cesantía que había dispuesto el Hospital Central.

En pocas palabras

  • Corte avaló cesantía: trabajadora del Hospital Central fue despedida tras usar historias clínicas en denuncia.
  • Uso de datos sensibles: la empleada expuso información médica de pacientes sin consentimiento.
  • Proceso legal: la Suprema Corte rechazó el recurso de la agente y ratificó su desafuero.
Resumen generado por Thinkindot AI

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