Legislatura provincial

Siete diputados dictaminarán sobre la habilidad de Janina Ortiz y el resto de los electos para asumir

La Comisión Especial de Poderes en la Cámara de Diputados quedó conformada por un diputado de cada bloque. Tendrá cinco días para evaluar las actas de elecciones y la capacidad moral de los diputados electos

En la sesión preparatoria de este miércoles fueron designados los siete diputados que, en principio, tendrán en sus manos el destino inmediato de Janina Ortiz y el resto de los legisladores electos para la cámara baja.

Estos siete (se designó uno por cada bloque) conformarán una Comisión Especial de Poderes que tendrá cinco días desde que se constituya para dictaminar sobre la validez de las actas de elecciones y sobre la habilidad de los electos. Si los mismos determinan que alguna de las actas ofrece dificultad, podría postergarse su consideración hasta entrar en período de sesiones ordinarias.

Los elegidos fueron: Laura Balsells Miró (PRO), Guillermo Mosso (DF), José Luis Ramón (Protectora), Evelin Pérez (UCR), Emanuel Fugazzotto (PV), Mauricio Torres (HxM) y Julio Villafañe (FdT).

El foco se pone especialmente en la legisladora electa por el primer distrito, hoy secretaria de Gobierno en Las Heras, por estar envuelta en causas penales. Ortiz no asistió a la entrega de su diploma como diputada ni participó de un desayuno de bienvenida y enfrentó públicamente a sus colegas del PRO que pidieron que de rechace su título.

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El diploma que Janina Ortiz no recibió en la ceremonia de entrega por encontrarse enferma.

El diploma que Janina Ortiz no recibió en la ceremonia de entrega por encontrarse enferma.

Qué dice la Constitución de Mendoza y por qué se tiene en la mira a Janina Ortiz

La Constitución de Mendoza dice en su artículo 65 que "no pueden ser miembros de las Cámaras legislativas, los eclesiásticos regulares, los condenados por sentencia mientras dure la condena, los encausados criminalmente después de haberse dictado auto de prisión preventiva en delitos no excarcelables, y los afectados por incapacidad física o moral".

Teniendo en cuenta estas condiciones, más las establecidas por el artículo 72 que versa sobre los requisitos formales como "ciudadanía natural en ejercicio, o legal después de cinco años de obtenida; ser mayor de edad; tener dos años de residencia en la Provincia, los que no hubiesen nacido en ella", la Comisión dictaminará si los diputados electos son o no hábiles para asumir en el cargo.

La mirada se posó en las últimas semanas sobre la habilidad o no de Janina Ortiz por estar investigada en dos causas penales, una por coacción y otra por fraude a la administración públicas. En ambos casos, la diputada electa no está imputada formalmente; pero hay legisladores que entienden que por "su sospechado accionar en el municipio lasherino y su intención de esquivar el brazo de la justicia" debería haber renunciado a los fueros y que, de no ser así -como ya anunció-, la Cámara debería rechazar su título por incapacidad moral.

Los firmantes de ese documento fueron dos diputados: Enrique Thomas, del PRO, y Guillermo Mosso, de Demócratas en el Frente. El segundo de ellos justamente será parte de la Comisión que juzgue a los legisladores electos.

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Guillermo Mosso y Enrique Thomas. El primero de ellos fue designado entre los miembros de la Comisión Especial de Poderes.

Guillermo Mosso y Enrique Thomas. El primero de ellos fue designado entre los miembros de la Comisión Especial de Poderes.

La posición de Janina Ortiz sobre su habilidad moral para asumir como diputada quedó clara cuando brindó una conferencia de prensa para referirse a ello: "Supe que la comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento de la Legislatura, conformada en su mayoría por legisladores oficialistas, pondría en tela de juicio mis condiciones morales y éticas para asumir como diputada provincial por LAUM".

"Las razones que aducen es que hay denuncias en mi contra; una por coacción y otra por las cooperativas, aunque son causas que no tienen sentencia firme. O sea que si esa postura avanza se estarían vulnerando mis derechos. Son expedientes que se encuentran en etapa de investigación; y sin embargo esta comisión estaría dictando una sentencia previa, contra el principio de inocencia y violando algo sagrado para la democracia, que es el voto".

Los fueros y la imputación

Janina Ortiz tiene fueros desde que resultó electa diputada provincial (aunque hay parte de la doctrina que discute esta posición).

Sin embargo, conforme el artículo 16 del Código Procesal Penal, la defensa considera que aquello no impide que la Fiscalía que la investiga en las causas penales la impute si así lo considera.

"El fiscal de instrucción interviniente practicará todos los actos de carácter probatorio, conservativo, y podrá tomarle declaración, a su pedido, sin requerir el desafuero", establece.

"Si existiera mérito para proseguir la causa, solicitará el desafuero a la cámara legislativa que corresponda", agrega para el caso de que la investigación avance.

Lo que sí varía claramente por sus fueros es la forma de la citación de un legislador. El mismo no puede ser obligado a comparecer por la fuerza y ante la citación del fiscal, el acusado puede presentar una declaración por escrito cuando así lo considere.

Según supo Diario UNO las imputaciones en ambas causas están dilatadas en principio por acciones de la defensa de Ortiz.

En la investigación por coacción medió un planteo de nulidad; mientras que en la de las cooperativas de Las Heras -en la que fue imputado su marido e intendente Daniel Orozco- también se planteó la nulidad del avoque y una excepción previa. La misma fue por un pedido previo que hizo Ortiz de una pericia caligráfica por entender que la firma que aparece como suya en las pruebas de la causa es falsa.