El régimen de las pensiones no contributivas fue modificado a partir de la reglamentación de la Ley N° 27.793 que declara la Emergencia en Discapacidad. Con ella, la ex ANDIS creó una nueva categoría prestacional que pagará la ANSES y se denominará Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social.
Pensiones no contributivas: cómo es la nueva PNC por discapacidad que creó la ex ANDIS y pagará ANSES
Con la reglamentación de la Ley de Discapacidad, la ex ANDIS estableció un nuevo régimen de pensiones no contributivas. Qué es la PNC por Protección Social
El capítulo II del anexo del decreto que reglamenta la norma establece un marco detallado sobre las pensiones no contributivas, diferenciando las pensiones por invalidez laboral y a la vejez, de la nueva categoría.
Todavía restan conocer lineamientos respecto de las condiciones concretas de acceso a la nueva PNC, pero la reglamentación ya adelantó las pautas principales del flamante régimen.
Quiénes tendrán las nuevas pensiones no contributivas
El anexo distingue tres tipos principales de pensiones no contributivas:
- Pensiones por Invalidez Laboral (personas que no pueden trabajar por razones de salud) y pensiones por Vejez (personas de 70 años o más, que se encuentran sin cobertura previsional o no contributiva), que se regirán por el viejo decreto N° 432/97 y sus modificaciones.
- Y las nuevas pensiones no contributivas por Discapacidad para la Protección Social. Estas se van a regir por la ley de Emergencia y la conversión de las pensiones otorgadas a personas con discapacidad antes de esta norma, serán convertidas automáticamente.
Para ello, la Secretaría Nacional de Discapacidad -ex ANDIS- deberá verificar que cada beneficiario siga cumpliendo los requisitos vigentes al momento en que se le otorgó la pensión. Mientras dure este proceso, los titulares seguirán percibiendo su beneficio.
Cómo será la nueva PNC por discapacidad que pagará ANSES
Las pensiones no contributivas del nuevo régimen son inembargables y personalísimas. No pueden ser cedidas ni afectadas a terceros y su vigencia se mantiene mientras subsistan las causas que les dieron origen.
El haber se devengará a partir del primer día del mes siguiente a su otorgamiento y - como sucede con el resto de las pensiones- el pago está a cargo de la ANSES.
Obligaciones para los beneficiarios de las pensiones no contributivas por Discapacidad
Según la reglamentación, los titulares y sus apoderados deberán informar cualquier variación en la salud, situación económica o domicilio dentro de los 15 días hábiles de ocurrida.
Tendrán que permitir inspecciones, auditorías y completar encuestas socioeconómicas cada vez que la ex ANDIS se los requiera.
Y, además, quienes son apoderados deberán renovar su designación anualmente presentando la fe de vida del beneficiario.
Por qué me pueden quitar las nuevas pensiones no contributivas
La ex ANDIS fue rigurosa a la hora de marcar las causas por las que se puede dejar de percibir una pensión no contributiva (PNC), sea por suspensión o por caducidad.
Se suspende la pensión por incumplimiento de obligaciones, incomparecencia a citaciones sin causa, percepción indebida o datos de domicilio inexactos que impidan la notificación –misma causal por la que el año pasado la ANDIS decidió suspensiones durante el proceso de auditorías-.
El cese definitivo, en tanto, se dispone por muerte, renuncia o si desaparecen las causas de la discapacidad. También por causas específicas como:
- Abandono del país: se presume si el beneficiario sale del país y no registra reingreso en 3 meses.
- Falta de cobro: si no se percibe la prestación por 3 meses consecutivos sin justificación.
- Incompatibilidad: por percibir otras prestaciones no compatibles.
- Condena penal: en casos de prisión o reclusión por más de 3 años.
En caso de que una solicitud sea denegada o una pensión sea suspendida, el beneficiario tiene derecho a interponer recursos de reconsideración (dentro de los 60 días) o jerárquicos (dentro de los 90 días).
Cómo se accede a estas pensiones no contributivas
Según reza la norma, el acceso no será automático, sino que requiere una evaluación socioeconómica. Y para ello, la nueva Secretaría Nacional de Discapacidad debe acordar los criterios con el Consejo Federal de Discapacidad.
Por otra parte, queda registrado que se implementará un plan de auditorías periódicas para garantizar la trazabilidad y el control de las pensiones no contributivas.






