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El juez Sebastián Sarmiento.
Foto: Axel Lloret / Diario Uno
El 31 de julio último, el Jury -integrado por los 7 jueces de la Corte, 7 diputados y 7 senadores- decidió por 16 a 5 la admisión formal de las denuncias contra Sarmiento, que debe defenderse por escrito, lo que podría derivar en juicio de destitución o archivo en fecha a designar.
El juez Sebastián Sarmiento contra la resolución de la Defensoría Pública
Considera el juez Sarmiento que la designación de un defensor oficial y gratuito con asiento en General Alvear no respeta los alcances del artículo 20 de la ley 4970 de Jury de Enjuiciamiento, que establece que debe asignarse a un profesional que trabaje en la misma jurisdicción "donde tiene asiento el Jury". O sea, en el Gran Mendoza, porque el organismo tiene sede en San Martín 322 de Ciudad.
El juez Sebastián Sarmiento argumenta, además, que la asignación de un profesional que atiende a casi 300 kilómetros de Mendoza afecta su derecho de defensa en juicio y también la prestación del servicio de justicia para los alvearenses que requieran los servicios del designado defensor Jorge Luque.
El defensor oficial y gratuito Jorge Luque, con asiento en Alvear, fue designado para asistir al juez Sebastián Sarmiento por la titular del Ministerio Público de la Defensa, Cecilia Saint André, de acuerdo a la resolución 141 fechada el 19 de agosto. El magistrado había solicitado designación de un defensor oficial semanas antes.
En aquel momento, Saint André designó al defensor Jorge Luque, con asiento en Alvear -es decir fuera de la Primera Circunscripción Judicial- bajo el argumento de que "todo el cuerpo de defensores oficiales del Gran Mendoza ha participado en procesos en los cuales el juez Sarmiento ha intervenido como juez".