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Boletín Oficial

El Gobierno prorrogó los contratos y las prestaciones estatales hasta el 30 de junio

Se mantienen idénticas condiciones, horarios y honorarios vigentes al momento del vencimiento anterior, aclararon desde el Gobierno sobre la nueva prórroga

Editado por Pablo Abihaggle
abihaggle.pablo@diariouno.com.ar

El Gobierno dispuso la continuidad automática de diversos regímenes de contratación en el sector público para "garantizar el normal funcionamiento del Estado". La medida fue oficializada este jueves en el Decreto Nº 548 publicado en el Boletín Oficial. La prórroga automática rige desde el 1 de abril hasta el 30 de junio.

La decisión del gobernador Alfredo Cornejo tiene como objetivo central no entorpecer el desarrollo de las actividades del Poder Ejecutivo, según figura en el texto.

Además, la norma específica que la continuidad se mantendrá en idénticas condiciones, horarios y honorarios a los vigentes al momento del vencimiento anterior.

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Los sectores alcanzados por la medida del Gobierno

La prórroga abarca a una amplia gama de trabajadores públicos baja distintas modalidades:

  • Personal de planta temporaria e interinos: aquellos designados bajo los términos de la Ley Nº 9.015 y el Decreto Ley Nº 560/73.
  • Adscripciones: agentes en situación de adscripción, cuya continuidad será informada por sus superiores jerárquicos según las necesidades de cada jurisdicción.
  • Locaciones de servicio: incluye a contratados por los sistemas de Locación de Obras o Servicios y Honorarios determinados en "Horas Módulo Deportivo".
  • Financiamiento internacional: se garantiza la continuidad del personal de la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) para no detener las obras financiadas por organismos de crédito internacional

Agilidad administrativa

Uno de los puntos destacados del decreto es la simplificación de los trámites. Para dar cumplimiento a esta extensión, no será necesaria la suscripción de nueva documentación, ni la firma de cláusulas adicionales o la emisión de nuevos actos administrativos.

La vigencia de estas prestaciones dependerá de que las erogaciones sean atendidas con Rentas Generales o Recursos Afectados, siempre que la recaudación efectiva lo permita. Cabe destacar que, aunque esta etapa se extiende hasta junio, el texto menciona que el límite máximo para estas continuidades automáticas se producirá el 31 de diciembre de 2026.

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