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Luis Lobos y Claudia Sgró en los prontuarios del Sistema Penitenciario Provincial, donde cumplen condena. En 2021 los desapoderaron de bienes muebles e inmuebles gracias a la ley de extinción de dominio.
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Una mejora a la ley de extinción de dominio
Frente a este panorama y para casos futuros -ya que para la mansión Lobos no podrá aplicarse la modificación- el Gobierno quiere que ante el fracaso del primer remate de bienes incautados en juicio de extinción de dominio, el juez civil a cargo tenga la potestad de transferirlos de inmediato a la DGE.
De este modo, se cumplirá el objetivo y el bien en cuestión no quedará a merced del abandono, como sucede hoy con la mansión Lobos hasta que vuelva a llamarse a subasta pública.
"El objetivo fundamental es la protección y cuidado de los bienes, a fin de que los mismos no se deterioren o pierdan su valor económico y puedan ser utilizados teniendo un destino rápidamente en caso de que el remate de los bienes sea manifiestamente antieconómico o cuando la primera subasta ordenada por el Juzgado interviniente fracasare ya sea por falta de oferentes o por algún otro motivo que no sea atribuible al Tribunal o al martillero interviniente" "El objetivo fundamental es la protección y cuidado de los bienes, a fin de que los mismos no se deterioren o pierdan su valor económico y puedan ser utilizados teniendo un destino rápidamente en caso de que el remate de los bienes sea manifiestamente antieconómico o cuando la primera subasta ordenada por el Juzgado interviniente fracasare ya sea por falta de oferentes o por algún otro motivo que no sea atribuible al Tribunal o al martillero interviniente"
El gobernador Alfredo Cornejo tuiteó este impulso vía Legislatura:
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