Según explicaron, el magistrado se excedió por varios motivos. Entre ellos, porque la ley de ejecución penal, desde el -17 de octubre de 2012 cuando se publicó en el Boletín Oficial- sanciona y prohíbe la utilización de celulares a los presos. "Hasta que no haya una reforma de la norma no la puede modificar por una resolución", comentaron.
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Para el Gobierno, el juez de Ejecución Penal, Sebastián Sarmiento, se extralimitó en sus funciones de magistrado y buscará destituirlo.
Foto: Axel Lloret / Diario Uno
Además, porque "contraviene la ley 9.569, que establece que la Dirección General del Servicio Penitenciario es responsable de la gestión y cumplimiento de las leyes vigentes en el sistema penitenciario".
Es decir, creen que es función del jefe del Servicio Penitenciario o del procurador de las personas privadas de su libertad -elegido por el Senado- determinar si pueden usarse los teléfonos o no.
"La Dirección General del Servicio Penitenciario es el órgano técnico responsable no solo de gestionar y de conducir la operatoria del servicio, sino también es responsable de hacer cumplir las leyes vigentes, y la ley vigente dice que los celulares están prohibidos. Hay varias cuestiones, además de que él, particularmente -por eso no nos extraña esto- es un incumplidor serial de la ley", dispararon.
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"Lo que debería hacer es declarar la inconstitucionalidad de ambas leyes y no pasar por encima de ellas, pero no lo hace por la presión social. Entonces en su resolución, se extralimita en sus facultades y competencias y se mete en una cuestión que ya está resuelta por la ley y que además llegó a la Corte", continuaron fuentes consultadas.
Para recordar, el uso de los celulares en las cárceles había sido permitido en el contexto del virus COVID-19 y luego prohibido cuando los efectos de la pandemia cesaron.
El juez Sarmiento aseguró que el Gobierno confunde lo resuelto por la Suprema Corte
El magistrado Sarmiento aseguró que el "Ejecutivo confunde". De acuerdo a lo que expresó al ser consultado por Diario UNO, "la Suprema Corte avaló el retiro de los celulares siempre y cuando cumplieran una serie de condiciones que yo ya había establecido".
Entre ellas, afirmó: "Instalar en cada establecimiento carcelario, de manera complementaria a los sistemas de telefonía pública, equipos para videollamadas, videoconferencia y/o plataformas de comunicación, destinadas para el contacto en situaciones de emergencia familiar y el contacto de los detenidos con sus defensores y asesores jurídicos'".
El juez aseguró en la resolución judicial del miércoles que esto nunca lo cumplieron y, por ende, lo que le corresponde como juez de Ejecución Penal es paralizar la quita de los dispositivos.
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El juez de Ejecución Penal, Sebastián Sarmiento, es criticado desde hace años por el Gobierno.
Foto: Axel Lloret / Diario Uno
"La Suprema Corte sólo recusó el punto que obliga a las cárceles a instalar teléfonos públicos, pero no el deber que tienen de instalar los equipos de videollamadas. Y eso no lo han hecho en 15 meses y es por eso que emití una resolución judicial que pausa el retiro de celulares en dos complejos", se defiende Sarmiento.
¿Qué resolvió la Suprema Corte?
Según consta en el fallo de la Suprema Corte, el máximo tribunal de Justicia de la Provincia, decidió: "Admitir el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, dejar sin efecto el punto IV, apartado «d», de la resolución de fecha 10 de enero de 2024 del Juzgado Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial".
El apartado "d" es el que dice: "Sólo podría disponerse el retiro de los equipos telefónicos celulares, en los sectores de alojamiento, donde se encuentre instalado y en condiciones operativas un sistema de telefonía pública en los términos del art. 2 de la resolución nº 1.122/98 (Reglamento de Telefonía Pública), debiendo garantizar al menos un equipo por cada pabellón, ala, o sector de cada establecimiento carcelario".
Con esto en mente, Sarmiento entendió que el punto E sigue vigente: "Instalar en cada establecimiento carcelario, de manera complementaria a los sistemas de telefonía pública, equipos para videollamadas, videoconferencia y/o plataformas de comunicación".
Sebastián Sarmiento y sus definiciones
El juez Sebastián Sarmiento en diálogo con Diario UNO dijo que el "Gobierno me intenta hacer pagar a mí un incumplimiento de ellos".
Para el magistrado es el Servicio Penitenciario "el ineficiente" que debía garantizar a los presos la posibilidad de comunicarse vía videollamada con el exterior. "Quince meses tuvieron para implementar el sistema, no lo hicieron y ahora me echan la culpa a mi. La ineficiencia es de ellos porque no pidieron una prórroga".
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El magistrado Sebastián Sarmiento apuntó contra el Gobierno por querer "hacerme pagar el costo político de sus incumplimientos".
Foto: Axel Lloret / Diario Uno
"Tampoco se verifica que los dispositivos disponibles reúnan las condiciones técnicas mínimas exigidas en cuanto a privacidad, funcionalidad, accesibilidad y disponibilidad", completó.
"Tales circunstancias evidencian un incumplimiento material de lo ordenado judicialmente, el cual impide garantizar, en tiempo oportuno, el derecho a la comunicación de las personas privadas de libertad conforme los estándares constitucionales y convencionales vigentes", concluyó el magistrado.
Otros fallos que cuestiona el Gobierno
El juez Sebastián Sarmiento enfrenta una serie de cuestionamientos por parte de la sociedad y la política, especialmente en el caso del ex policía Héctor Pelayes, asesinado el 1 de septiembre de 2024 en Guaymallén durante un intento de robo. El responsable del crimen, Roberto Carlos Pereyra Cruz había sido condenado por homicidio en ocasión de robo y beneficiado por Sarmiento con libertad condicional.
"Esa resolución se dictó a pesar de que el artículo 14 del Código Penal prohíbe expresamente otorgar la libertad condicional a quienes cumplen condena por homicidio en ocasión de robo. El juez declaró inconstitucional esa disposición legal, lo que permitió que Pereyra saliera del penal", explicó una fuente oficial a Diario UNO.
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El ex policía Héctor Pelayes asesinado en 2024.
Además, existía un informe técnico del equipo interdisciplinario del Servicio Penitenciario que desaconsejaba su liberación, considerando que el condenado presentaba indicadores de riesgo. Sin embargo, ese informe fue desestimado, priorizándose otros antecedentes relacionados con su conducta dentro del penal.
Otro caso es el del homicidio de Héctor Osvaldo Quiroga, asesinado el 18 de septiembre de 2019 en Maipú por parte de Cristian Segundo Reina Flores, un delincuente que se encontraba en libertad condicional a pesar de sus antecedentes penales y de informes técnicos que desaconsejaban su liberación.
Reina había sido condenado en 2012 a 12 años de prisión por robo agravado por el uso de arma de fuego en poblado y en banda. En septiembre de 2017, el juez Sebastián Sarmiento, a cargo del Juzgado de Ejecución Penal, resolvió concederle la libertad condicional.
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El motociclista había sido detenido a principios de abril.
Por último está el caso de "Luisito 420", el motociclista influencer Luis Fernando Arce. El joven fue detenido el 26 de marzo de 2025 en Las Heras conducir por una moto robada y realizar maniobras temerarias en la vía pública. La moto en la que circulaba fue pedida de secuestro por robo desde el año 2022.
El caso fue judicializado bajo las figuras de encubrimiento y conducción temeraria, un delito penal tipificado en el artículo 193 bis del Código Penal, que castiga las pruebas de velocidad o maniobras riesgosas no autorizadas en la vía pública. Se trata de una figura incorporada al Código en 2014 para responder a este tipo de conductas que ponen en riesgo la vida de terceros.
Sin embargo, a los diez días de su detención, el juez Sebastián Sarmiento resolvió concederle una suspensión de juicio a prueba por el término de un año. Esta medida, conocida como libertad condicional, implica que el acusado no será juzgado ni condenado y que no se le generará antecedente penal, siempre y cuando cumpla ciertas condiciones mínimas durante ese período. Es decir, ni siquiera se dictó una condena condicional: directamente se suspendió el proceso y se le dio una nueva oportunidad.