Un fallo de la Suprema Corte de Justicia fue clave para que el Gobierno terminara echando este miércoles a una empleada de ATM por tratar de borrar deudas de contribuyentes y ausencias injustificadas.
El fallo de la Suprema Corte de Justicia que habilitó a ATM a echar a una empleada
El 10 de junio último, los supremos José Valerio y Omar Palermo denegó un planteo recursivo de María Victoria Rodríguez Peña y Lillo y dejaron firme una sentencia de la Quinta Cámara del Trabajo.
En esa oportunidad, la camarista laboral Viviana Gil había rechazado un amparo presentado por la ex agente de ATM contra la decisión de ese organismo de dejarla cesante por haber faltado 16 días al trabajo de modo injustificado.
Tutela sindical y la Suprema Corte de Justicia
La magistrada también dispuso el levantamiento de la tutela sindical de la amparista para que las sanciones se hicieran efectivas.
Se llegó a este punto del proceso porque la mujer era vocal suplente en el Sindicato de Trabajadores Estatales Autoconvocados de Mendoza (SITEA) entre 2015 y 2019.
Ya el procurador general había dictaminado que la Corte debía rechazar la apelación y confirmar el fallo de la Justicia Laboral.
El voto preopinante de Valerio contó con la adhesión de Palermo. A diferencia de otros casos, como el fallo que anuló la condena a los dirigentes de ATE Roberto Macho y Raquel Blas, esta vez no hubo grieta.
La Corte consideró que no hubo arbitrariedad cuando la camarista laboral resolvió la cesantía de la empleada de ATM, previa exclusión de la tutela sindical.
Sino que tomó esa decisión como consecuencia de haber merituado las pruebas acreditadas en el expediente.
►TE PUEDE INTERESAR: Agostina Trigo fue asesinada de cuatro puñaladas en su pecho y golpes en la cabeza




