El presidente Alberto Fernández firmó este jueves el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que amplía la emergencia sanitaria a un año y determina la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas durante el plazo de 30 días, entre otras medidas para hacer frente al coronavirus, declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
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En el DNU se declaran "zonas afectadas" por la pandemia a todos los países de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán.
Como acciones preventivas, se dispone la cuarentena obligatoria de 14 días, "plazo que podrá ser modificado por la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica", para quienes revistan la condición de "casos sospechosos", o tenga historial de viaje a zonas de circulación del virus.
También para quienes "posean confirmación médica de haber contraído el COVID–19", sus "contactos estrechos".
"En caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas en el presente artículo, los funcionarios o funcionarias, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal", explica el texto al que tuvo acceso NA.



