Alejandro Gamerogamero.alejandro@diariouno.net.ar
La mujer, que fue atacada a tiros el viernes por su padre de 73 años -quien la había amenazado de muerte en la puerta de la Comisaría 27-, tiene miedo de que la mate.
Prisión domiciliaria para el anciano que quiso matar a su hija

El hombre de 73 años que amenazó de muerte a su propia hija diciéndole “vos vas a ser boleta” y el viernes estuvo a punto de cumplir su promesa, cuando la baleó en la puerta de la Comisaría 27 de Godoy Cruz, hiriendo de un balazo en el cuello a un amigo de la mujer, quedó preso pero en su casa y no en la cárcel.
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El padre querría quedarse con la casa en la que vive la víctimaTodo el conflicto ronda, según contó Susana Chiarello a Diario UNO, alrededor de la posesión de la casa donde ella está viviendo, que es el hogar en donde ha vivido desde la infancia con su madre y su hermano, y que su padre quiere para él.
Susana contó que “esa casa la compraron mis padres cuando éramos chicos, pero cuando se separaron, porque él la golpeaba siempre, y a mi más de una vez me amenazó con un arma en la cabeza teniendo yo 12 años, mi madre puso una condición de que la vivienda quedaba a nombre mío y de mi hermano”. La mujer puntualizó que “mi papá guardaba un montón de cosas viejas en la casa, hasta que yo con mi mamá la hicimos arreglar, la pintamos, la alquilamos un año y después yo decidí irme a vivir ahí porque es mi casa, pero él no quería. El problema es que yo llegué a tomar posesión de la casa media hora antes que él y fue allí cuando me dijo que iba a ser boleta”. Como las amenazas siguieron, Susana Chiarello decidió ir a denunciarlo el viernes pasado a la Comisaría 27. Le pidió a un compañero de trabajo, Ramiro Cabral, que la acompañara por seguridad. El hombre la llevó y unas cuadras antes se encontraron con que el padre, que los venía siguiendo en un Renault Clio. En la puerta de la comisaría el anciano señor se bajó y le gatilló dos veces a su hija. Como Cabral se interpuso, recibió un disparo en el cuello que no lo mató de milagro. Qué dice el Código Artículo 10. Podrán a criterio del juez competente cumplir las penas de reclusión o prisión domiciliaria el interno enfermo que necesite atención permanente, el que tenga una enfermedad incurable, el discapacitado, el mayor de 70 años, la mujer embarazada y la madre de un niño menor de cinco años. A los represores, no. En todos los casos la Justicia envía a los mayores de 70 años imputados a domiciliaria. Sólo no lo aplicó con los represores condenados por lesa humanidad.