La reforma judicial que anunció en el discurso inaugural de su presidencia Alberto Fernández incluye dos líneas centrales: la federalización de todos los juzgados penales de la Capital Federal y la rápida implementación del sistema acusatorio.
La letra fina de ambas iniciativas todavía está en redacción. Pero en esencia contemplan una sustancial rebaja de poder a los jueces, especialmente a los de Comodoro Py 2002.
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La federalización, tal como la trabajó un grupo de juristas –la mayoría, mujeres- tiene una instancia superadora del viejo proyecto que intentó en 2003 el entonces ministro de Justicia Gustavo Béliz.
Consiste, básicamente, en extender la jurisdicción federal hoy limitada a los jueces de todas las instancias instalados en los tribunales de Retiro, a los jueces penales de instrucción, Cámara del Crimen, Cámara de Casación porteña y tribunales de todas las instancias en lo Penal Económico.
De tal forma, una causa por presunta corrupción contra un funcionario podrá recaer en primera instancia en cualquiera de los 12 magistrados de Comodoro Py, o los 63 de instrucción, o los 11 jueces en lo Penal Económico. Y una salidera bancaria podrá estar en manos de Claudio Bonadio o Julián Ercolini.
Pero como simultáneamente el nuevo gobierno pretende avanzar en la implementación del Código Procesal Penal Federal, de carácter acusatorio, entonces ese centenar de jueces tendrán funciones de contralor de las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso, principalmente.
El sistema acusatorio les da el poder de investigación a los fiscales. Otra vez, no serán sólo los 12 fiscales federales de Comodoro Py los que tendrán a su cargo la instrucción de los procesos, sino que se sumarán a ellos los del fuero ordinario de instrucción y los de Penal Económico.
También se unificarán las instancias de apelación. Por ejemplo, las dos salas de la Cámara Federal se sumarán a las cinco de la Cámara del Crimen y a las dos de Penal Económico. Y tendrán como tarea principal el control de las prisiones preventivas, las flagrancias y las apelaciones por supuestas arbitrariedades cometidas en la etapa de instrucción que se le hubieran “escapado” a los jueces que, en este nuevo escenario, fungirían como garantes de la legalidad.
Con los tribunales orales pasará otro tanto. Se unificarán los 30 ordinarios, con los ocho (no todos constituidos) federales y los tres de Penal Económico. Y se fusionarán las dos casaciones, la Federal y la porteña, una decena de instancias de revisión de sentencias definitivas o equiparables a tal. ¿Qué significa eso? Que ya no será tan fácil meter preso a un imputado sin sentencia firme en su contra.
¿Qué plazos hay para implementar esta intención de cambio copernicano en la Justicia? “Ya”, respondió uno de los inspiradores de la reforma. Pero hay dificultades operativas y políticas.
Por ejemplo la evaluación de cómo vienen funcionando los procesos por flagrancia no es positiva. Los juzgados de instrucción se vaciaron de algunos delitos por el traspaso de competencias a la Capital Federal, pero se atiborraron de expedientes de delitos en flagrancia, lo que generó un virtual colapso en la Casación porteña, que está tardando hasta tres años en revisar una sentencia.
Y el Código Procesal también debe implementarse ya, pero hay un esquema de progresividad que prevé completarlo en cuatro años. Ese plazo, en principio, se reducirá a seis meses.
Mientras se definen políticas también se discuten nombres. ¿Quién será el número dos de la ministra de Justicia, Marcela Losardo? En las próximas horas se definirá entre el fiscal de la Seguridad Social Gabriel De Vedia y Martín Mena, el ex vicejefe de la AFI en el tramo final del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, un hombre cercano a “La Cámpora”.
Fuente: A24
