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Indemnización millonaria

Manaos, acorralada: las claves de un nuevo fallo de la Corte y los 5 días que miran los abogados

La Suprema Corte ordenó que Manaos pague la indemnización por despido de casi $900 millones a la que fue condenada. Pero la empresa no se da por vencida

La Suprema Corte de Justicia provincial decidió no conceder el recurso extraordinario, apoyada en 5 ejes clave. Con esa negativa, el demandante quedó finalmente en condiciones de ejecutar la histórica sentencia y cobrar los casi $900 millones –entre capital e intereses- que fijó la Justicia.

El plazo es de 5 días hábiles, los mismos que la fabricante de la gaseosa, la firma Refres Now SA, tiene para interponer un último y excepcional recurso.

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El ex empleado de Manaos beneficiado con la millonaria indemnización de casi $900 millones es un viajante de comercio de San Rafael.

Tras un largo proceso que comenzó a fines de 2022, cuando el empleado envió el primer telegrama a Manaos denunciando fraude laboral, la causa está llegando a su fin.

La Corte ratificó el fraude laboral de Manaos y le ordenó pagar

La Corte se expidió el 13 de abril. Las partes conocieron el fallo este martes. Los principales fundamentos por los cuales el tribunal rechazó la apertura de la instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación fueron:

  • Inexistencia de cuestión federal

Consideró que, en su planteo, Manaos no cumplió con el requisito fundamental de formular explícitamente una "cuestión federal" suficiente, limitándose a realizar una reserva vaga e insuficiente en etapas anteriores.

Para hacerlo, la empresa había alegado que la sentencia que le ordenaba pagar $807.676.293,72 de indemnización – que con intereses escala a unos $900 millones- era arbitraria y vulneraba garantías constitucionales como, entre otros, su derecho de propiedad, por el monto "confiscatorio" de los intereses. Esto, a pesar de que la Suprema Corte ya había tenido en cuenta una baja considerable del monto final en comparación con los $1.500 millones fijados en primera instancia por la Cámara Laboral de San Rafael.

  • Cuestiones de hecho y derecho común

Por otra parte, la Corte señaló que los agravios de Refres Now (sobre la nulidad de un acuerdo de finalización del vínculo laboral previo y la morigeración de intereses) se refieren a circunstancias fácticas y de derecho común, materias que son ajenas a la vía extraordinaria federal y mueren con la decisión de los tribunales ordinarios.

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Manaos recibió un duro revés judicial en su intento por llevar a la Corte nacional el caso por la millonaria indemnización por despido.

  • Mera discrepancia con el fallo

Para el tribunal la queja de la empresa no logró demostrar una arbitrariedad real, sino que se trató de un “simple disenso” o diferencia de criterio de quien resulta perdedor en la contienda. Y eso, sin demostrar que una sentencia está desprovista de apoyo legal, claro está, no habilita el recurso ante la Nación.

  • Planteos novedosos e improcedentes

La Corte observó, además, que Manaos introdujo quejas nuevas sobre la tasa de interés que no habían sido planteadas con anterioridad en el recurso provincial, atacando cuestiones que ya habían quedado firmes y consentidas por la propia parte.

En el recurso extraordinario federal, la empresa de gaseosas había catalogado la tasa de interés original como una "elucubración caprichosa" que prescindía de la realidad económica. Y había argumentado que la protección del trabajo no debe implicar un desequilibrio total que destruya al capital o al empleador.

  • Deficiencia en la fundamentación

Por último, la Corte mendocina concluyó que el recurso no tuvo la fundamentación exigida por la Ley N° 48 y que la sentencia previa contaba con argumentos suficientes para avalar la decisión tomada.

Como consecuencia de este rechazo, la Corte impuso las costas a la empresa demandada y la sentencia provincial se encamina a adquirir firmeza definitiva para su ejecución.

Cinco días clave para el final de la causa Manaos

Rechazado el recurso extraordinario federal, la sentencia de la Corte quedó en condiciones de ser ejecutada y ordena a Manaos pagar al trabajador en el “plazo de cinco días de firme la presente resolución”.

Ese plazo es el que los abogados del viajante siguen de cerca para iniciar la ejecución forzosa si la empresa no deposita la indemnización de manera voluntaria.

Al mismo tiempo, es el margen que analizan los abogados de Manaos para jugar una última y excepcional carta judicial.

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Los abogados de Manaos tienen 5 días hábiles para arriesgarse con la última jugada ante la Corte nacional.

Tras la negativa al recurso, la empresa puede -aunque aún no lo define- presentar una “queja por recurso extraordinario denegado” directamente ante la Corte Suprema de la Nación.

De todos modos, la interposición de esa queja no suspende la ejecución de la sentencia, salvo que el máximo tribunal disponga lo contrario.

¿Es una jugada riesgosa? Sí. Para que prospere, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti deberían considerar que el caso plantea una “cuestión federal” suficiente o que la sentencia es “arbitraria”, en contra de lo ya resuelto por la Corte provincial. Es una apuesta difícil, aunque todo indica que la defensa de Manaos intentará avanzar por esa vía.

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