Resolución judicial

La historia detrás de la condena a una aerolínea que canceló a dos maratonistas un vuelo a Mendoza

Dos corredores bonaerenses demandaron a la empresa que les anuló la reserva pocas horas antes del evento y echó la culpa al banco. La Justicia Federal les dio la razón

La Justicia Federal condenó a una aerolínea a indemnizar a dos maratonistas porteños que viajaron más de 1.000 kilómetros en auto hasta Mendoza después de que les cancelaran un vuelo a pocas horas de una carrera. La empresa no pudo demostrar que la anulación se debió a un problema con el pago, como había aludido, y terminó siendo la única responsable.

estado de vuelos
Por la cancelación de un vuelo una aerolínea deberá indemnizar a dos maratonistas.

Por la cancelación de un vuelo una aerolínea deberá indemnizar a dos maratonistas.

Los demandantes querían viajar a fines de abril de 2023

Los demandantes, que habían comprado sus pasajes con tarjeta de crédito para viajar a Mendoza a fines de abril de 2023, recibieron la confirmación de la reserva con el código asignado y el detalle de los vuelos. Pero cuando intentaron realizar el check-in online, el sistema no reconoció la reserva.

Al contactar a la aerolínea -no se dio a conocer el nombre de la empresa- les advirtieron que el banco había bloqueado la tarjeta y que el pago no se había concretado.

Sin embargo, la entidad procesadora de pagos les confirmó que la transacción había sido exitosa y que no existía ningún bloqueo.

El vuelo más corto del mundo (2)
Los dos maratonistas venían a Mendoza para correr una maratón a fines de abril de 2023.

Los dos maratonistas venían a Mendoza para correr una maratón a fines de abril de 2023.

La parte demandante se volvió a contactar con la empresa a la que nuevamente insistieron en que la responsabilidad era del procesador de pagos.

Ante la falta de solución, los dos corredores viajaron en auto a Mendoza, lo que les generó un gasto adicional y un desgaste físico que, según denunciaron, afectó su rendimiento en la competencia.

Por lo tanto, en la demanda, los dos hombres reclamaron el reintegro del dinero abonado, los gastos del traslado terrestre, una compensación por daño moral y la aplicación de un daño punitivo amparándose en la Ley de Defensa del Consumidor.

Las versiones

En el expediente, la aerolínea reconoció la reserva pero argumentó que la cancelación se debió a un contracargo, es decir, que los propios demandantes habían desconocido el pago. También aseguró que ofreció devolver el dinero, pero que los corredores no le proporcionaron los datos necesarios.

La procesadora de pagos negó el bloqueo ante el juez y el banco emisor rechazó tener responsabilidad, dejando el conflicto a resolver entre los pasajeros y la aerolínea.

La sentencia que condenó a la aerolínea

El caso se resolvió en el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal 8. El juez observó que ninguna de las partes discutía la existencia de la compra ni el medio de pago, por lo que la cuestión central era determinar si había existido el contracargo.

El magistrado determinó que la aerolínea no presentó pruebas para demostrar el contracargo y, entonces, que la única responsable de la cancelación del vuelo era la empresa.

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El Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal 8 resolvió condenar a la aerolínea.

El Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal 8 resolvió condenar a la aerolínea.

La condena incluyó la devolución total del valor de los pasajes y una indemnización por daño moral de $1.000.000 más intereses, distribuida en partes iguales entre ambos maratonistas. El juez consideró que la cancelación injustificada de un vuelo genera "angustia y desasosiego" al frustrar un plan deportivo organizado con anticipación.

Además, aplicó un daño punitivo de $2.000.000 más intereses por haber utilizado de excusa un supuesto contracargo que no pudo demostrar y haber desviado la responsabilidad hacia terceros. El magistrado justificó el monto en su función ejemplificadora para evitar que otras empresas incurran en prácticas similares y además, condenó a la empresa a pagar las costas del juicio.

Sin embargo, lo único que rechazó el juez fue el reclamo por los gastos del viaje en auto, ya que los demandantes no lograron demostrar esos gastos adicionales.