Análisis

Reforma laboral: 20 puntos del proyecto que impulsa el gobierno nacional

Banco de horas, nuevas formas de pago de salarios, cálculo de indemnizaciones. Qué incluye la reforma laboral que ya llegó al Congreso para su tratamiento

El proyecto de reforma laboral que salió del Consejo de Mayo luego de 7 meses de reuniones y debate ya tiene la fisonomía con la que irá al Congreso. Y con más de 100 páginas, el listado de ítems permite desgranar los 20 cambios más importantes, algunos de los cuales benefician a las empresas y otros tantos son una señal para los trabajadores.

En orden de enumeración, el borrador propone una serie de modificaciones al régimen que consagra la Ley de Contratos de Trabajo (LCT), y reparte en 7 puntos que van desde la litigiosidad y la subcontratación hasta el fin de las horas extras, vacaciones fraccionadas y un nuevo cálculo de indemnización por despido.

En un segundo título, instala una figura nueva: el Fondo de Asistencia o Cese Laboral, que obliga al empleador a destinar una parte de las contribuciones patronales, a cambio de una reducción de esas obligaciones.

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La reforma laboral comienza a tratarse en el Congreso argentino. Imagen ilustrativa.

La reforma laboral comienza a tratarse en el Congreso argentino. Imagen ilustrativa.

Son algunos de los apartados del proyecto de reforma laboral que impulsa el Gobierno de Javier Milei para propiciar condiciones de inversión. Y terminará de complementarse con otra: la impositiva, también clave en materia de atracción de capitales.

Nueva ley de Contratos de Trabajo: chau extras, hola banco de horas

1- Quienes quedan afuera: la nueva ley excluye al régimen de la Administración Pública, personal de casas particulares (servicio doméstico) y trabajadores agrarios, además de contrataciones de obra, servicios, agencias y trabajadores independientes de plataformas digitales (freelancers).

2- Formación profesional: la formación en el trabajo, en condiciones igualitarias, pasa a ser un derecho fundamental para todos los trabajadores.

3- Relación laboral presunta: la presunción de la existencia de un contrato por prestación de servicios en dependencia no aplica si hay contrataciones de obras o servicios profesionales/de oficios, y se emitan los recibos o facturas y además el pago se realice mediante sistemas bancarios.

4- Chau responsabilidad solidaria: aplica a las empresas contratistas para con las subcontratistas si se exige CUIL, pago de Seguridad Social y sueldos y ART.

5- Vacaciones fraccionadas: las empresas podrán dividirlas en tramos no inferiores a 7 días.

6- Banco de horas y jornada de trabajo reducida: empresas y trabajadores podrán "acordar" un régimen de compensación de horas extras por un banco de horas a devolver, o francos compensatorios. Asimismo, podrán calcular la carga horaria promedio, con 12 horas de descanso entre jornadas y no más de 35 horas semanales.

Más ítems no remunerativos, otra indemnización y un Fondo de Cese para los trabajadores

7- Más ítems no remunerativos: el proyecto de reforma laboral amplía el concepto de "beneficios sociales" (no dinerarios), a comedor, reintegros médicos, ropa de trabajo, útiles y capacitación. Se aclara que quedan excluidos del pago de aportes patronales.

8- Otras formas de pago y propinas: las empresas pueden incorporar componentes "retributivos dinámicos" por convenio o "decisión unilateral". Esto incluiría otros medios y hasta el retorno de los conocidos "ticket canasta". En el caso de las propinas, no se considerarán parte de la remuneración.

9- Otro cálculo de indemnización: el cambio radica en que se tomará el mejor sueldo como base de cálculo, sin aguinaldo, vacaciones ni premios. Y un tope indemnizatorio del 67% del salario.

10- Nace otra figura para afrontar una desvinculación: el FAL (Fondo de Asistencia Laboral), una cuenta individual de carácter "inembargable", destinada a "cubrir obligaciones por la extinción de un contrato".

11- Para eso, el empleador deberá destinar un 3% mensual obligatorio, de las remuneraciones base para los aportes patronales. Si las empresas lo cumplen se beneficiarán con una rebaja del mismo porcentaje en los aportes patronales, pero si incumple 3 meses seguidos tendrán que pagar 3% más como multa.

Actividad sindical con límites

12- Condiciones de trabajo/ultraactividad: se refiere a un acuerdo o convenio colectivo vencido. En ese caso, sólo subsistirán las normas referidas a las condiciones de trabajo. El resto, siempre que haya acuerdo entre partes.

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El fin de año legislativo incluye el tratamiento de la reforma laboral en Argentina. Imagen ilustrativa.

El fin de año legislativo incluye el tratamiento de la reforma laboral en Argentina. Imagen ilustrativa.

13- Límites a las asambleas y la acción sindical: la reforma laboral permite que el empleador autorice una asamblea de trabajadores, y fije lugar, horario y su duración.

14- Cuota sindical: la ley establece que la retención de cuotas por parte de un gremio o sindicato deba tener autorización previa de los trabajadores.

15- Menos horas para delegados gremiales y tutela sindical: ejercer la función de delegado no podrá superar las 10 (diez) horas mensuales. Y la tutela sindical (protección contra despido) dependerá de que el elegido tenga no menos de 5% de los votos, mientras que los delegados suplentes tendrán estabilidad relativa.

16- Prácticas sindicales "desleales": serán infracciones graves los bloqueos a las empresas o impedir acceso, como también ejercer afiliaciones "compulsivas o involuntarias".

Cobertura mínima y formalización laboral

17- Servicios trascendentales y esenciales: son considerados los que deberán garantizar un 75% de prestación como mínimo (hospitales, transporte de medicamentos, servicios básicos, educación). O el 50% en el caso de los trascendentales (medicamentos, industria siderúrgica, alimenticia, bancaria, entre otras).

18-Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL): las empresas o empleadores que incrementen su nómina de trabajadores gozarán de una baja de la alícuota de sus contribuciones patronales de hasta 3% durante 2 años.

19- Mantenimiento de planes sociales: quienes cuenten con planes de asistencia social los mantendrán hasta por 1 (un) año luego de haber iniciado una nueva relación laboral.

20- Promoción del empleo registrado/aportes jubilatorios: para regularizar la informalidad laboral, a quienes ingresen a un empleo en blanco o registrado se les computará el equivalente a 60 meses de servicios con aportes al sistema previsional.

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