El proyecto de reforma laboral —que el Gobierno enviará al Congreso bajo el nombre de Ley de Modernización Laboral — incorpora por primera vez un marco regulatorio específico para los trabajadores de las App de plataformas de movilidad y reparto, quienes serán considerados “independientes” y no empleados en relación de dependencia.
Reforma laboral: delivery y transporte por app son considerados trabajadores "independientes"
Los repartidores y choferes podrán aceptar o rechazar pedidos y elegir horarios, pero deberán inscribirse en ARCA y hacer aportes, detalla la reforma laboral
En los últimos años, choferes y repartidores han protagonizado numerosos conflictos judiciales por la naturaleza del vínculo con las aplicaciones, que derivaron en fallos contradictorios entre distintos tribunales del fuero laboral.
Reforma laboral: prestadores independientes y no empleados
Según los artículos 114 a 123 del texto este nuevo régimen define a los trabajadores de apps como “prestadores independientes”. La norma detalla los elementos que configuran esa autonomía: libertad para conectarse o desconectarse de la plataforma, facultad de aceptar o rechazar cada pedido sin justificar el motivo y capacidad de fijar sus propios días y horarios de actividad.
Además, tendrán potestad para elegir el medio de transporte que utilicen, siempre que cumpla con los requisitos legales vigentes.
A cambio de esta caracterización, los trabajadores deberán inscribirse ante la ARCA (ex AFIP) y realizar aportes al sistema de seguridad social, que contemplan la Prestación Básica Universal, cobertura por invalidez y fallecimiento, y obra social. También deberán contar con una cuenta bancaria o billetera virtual para recibir pagos.
El proyecto reconoce derechos específicos: capacitación gratuita sobre el uso de la plataforma y seguridad vial, un seguro de accidentes personales —que cubra fallecimiento, incapacidad y gastos médicos— y el cobro íntegro de las propinas más un adicional del 100%.
Reforma laboral: plataformas y portabilidad de datos
Las plataformas, por su parte, estarán obligadas a brindar información clara sobre las condiciones de trabajo, proveer elementos de seguridad, habilitar canales de reclamos y garantizar la “portabilidad de datos” para que los trabajadores puedan conservar su historial al migrar a otra app.
El proyecto especifica, según señala la agencia NA, que los conflictos surgidos de esta relación se resolverán bajo el Código Civil y Comercial y no mediante la normativa laboral tradicional.
La regulación se presenta tras años de litigios: mientras algunos tribunales reconocieron relación de dependencia con empresas como Rappi o PedidosYa, otros la descartaron por considerar que existe autonomía en la organización del trabajo. Organizaciones de repartidores anticiparon que impugnarán la iniciativa si no incorpora derechos laborales plenos como vacaciones, aguinaldo e indemnización por despido.
Libertades y obligaciones de los trabajadores de las app de reparto y traslado
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Los trabajadores de las App serán prestadores independientes, no empleados.
Habrá libertad para conectarse, desconectarse, aceptar o rechazar pedidos.
Autonomía para fijar días, horarios y medios de transporte.
Obligación de inscribirse ante ARCA y realizar aportes a la seguridad social.
Pago mediante cuenta bancaria o billetera electrónica.
Derechos: capacitación gratuita, seguro de accidentes personales y cobro íntegro de propinas con adicional del 100%.
Las plataformas deben proveer información clara, elementos de seguridad, canales de reclamo y portabilidad de datos.
Las controversias se resolverán bajo el Código Civil y Comercial, no la legislación laboral.






