Del viernes 15 al lunes 18

Cómo trabajarán los comercios de Mendoza el feriado no laborable del 15 de agosto

Más allá del domingo 17 de agosto, el día viernes 15 será un día no laborable para un sector en Mendoza. Cecitys aclaró qué harán los comercios el lunes 18

La Cámara de Empresas Comerciales, Industria, Turismo y Servicios (Cecitys) confirmó que los comercios de la Ciudad de Mendoza abrirán sus puertas normalmente este fin de semana, atravesado por el viernes no laborable del 15 de agosto y del domingo 17 de agosto.

Todo está relacionado a cierta confusión acerca de la fecha que conmemora el paso a la inmortalidad del general José de San Martín, que este año coincide con un día domingo. Sin embargo, el gobierno dispuso un día no laborable antes, y un feriado puente después, pero de alcance parcial en el territorio nacional.

"El 15 de agosto será no laborable para el sector público. Por lo tanto, el sector trabajará con normalidad el viernes", resaltó la Cecitys a través de un comunicado.

Contrariamente a la decisión tomada en otras jurisdicciones, Mendoza no adhirió a la posibilidad de trasladar el feriado del domingo 17 al lunes 18. Por eso, Cecitys respondió a algunas consultas al respecto.

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El viernes 15 ¿es feriado o no laborable? El criterio del Gobierno y la postura de Cecitys respecto del comercio de la ciudad de Mendoza

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¿Feriado o no laborable? Qué hará el comercio

Desde la cámara que agrupa a los comercios capitalinos dejaron en claro que el lunes 18 es "un feriado trasladable únicamente en tres localidades de la provincia de Buenos Aires. Por lo tanto, el día lunes también se trabajará con normalidad tanto en el sector público como en el privado".

Las inquietudes quedaron despejadas este martes, cuando el gobierno oficializó el régimen laboral del próximo fin de semana, atravesado por el feriado del 17 de agosto.

En tal sentido, el gobierno de Javier Milei dispuso que el lunes será una jornada hábil como cualquier otra de una semana común y corriente.

Cabe recordar que un feriado no es equiparable a un día no laborable con fines turísticos, como lo es el viernes 15. En el primer caso aplica el régimen del descanso dominical, y si un empleado debe trabajar la empresa debe abonar el doble de la remuneración normal, mientras que un día no laborable es optativo y el pago corresponde a un salario simple.

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