Hasta el 12 de agosto

AFIP extiende el plazo para la presentar la declaración jurada de ganancias y bienes personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció que las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales cuyos vencimientos operan los días 10 y 11 de agosto se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12 de agosto de 2020, inclusive.

Te puede interesar ATP agosto ANSES: fecha de cobro del 50% del salario por aporte del Gobierno nacional

La Resolución General Nº 4791 busca "facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias", dijo el organismo recaudador en un comunicado de prensa.

La normativa también alcanza a las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado julio 2020.

Te puede interesar: Cómo funciona el 0-800 Covid, el centro de llamadas que atiende dudas y temores

De esta forma, las presentaciones correspondientes a dichas obligaciones cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se efectúa hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive.

Te puede interesar: Cómo se aborda la salud mental de los pacientes

Asimismo, la decisión de la AFIP contempla que la información nominativa de retenciones y/o percepciones practicadas en el curso del mes de julio de 2020, conforme las disposiciones establecidas en la Resolución General Nº 2233, cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se presenta hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive. .