ATP agosto ANSES: fecha de cobro del 50% del salario por aporte del Gobierno nacional

Por UNO

El ATP agosto ya está en marcha. Más empresas privadas solicitaron ayuda para el pago de sueldos de sus empleados. La inscripción se cerró el 4 de agosto y ya se puede consultar la fecha de cobro del aporte del Gobierno nacional por el ATP agosto.

La inscripción en el ATP agosto se realizó en la página web de la AFIP, ingresando con la clave fiscal y en el apartado del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Las empresas privadas pueden consultar en AFIP las fechas de cobro del ATP 4 que puede consistir en:

  • Pago del salario de los trabajadores hasta el 50% con límite de hasta dos salarios mínimos ($ 33.750) aquellas actividades consideradas críticas (turismo, restaurantes, gimnasios, cultura y deportes) y de hasta $ 25.300 de las empresas de otros rubros.
  • Crédito para el pago de los salarios de julio en agosto

ATP agosto fecha de cobro: cuándo depositan el 50% del salario o el crédito

La consulta por la fecha de cobro la puede realizar el trabajador en la página web de la ANSES. Ingresando con el número de CUIL, el organismo informa cuándo deposita el monto del aporte del Gobierno nacional al trabajador de la consulta.

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Esa respuesta puede estar a mediados de agosto, una vez que la AFIP traspase los datos de las empresas inscriptas a la ANSES.

El ATP julio fue depositado el 17 de julio mientras que la inscripción finalizó el 3 de julio. El ATP agosto tendrá fecha de cobro desde el martes 11 de agosto.

La opción ATP crédito, según confirmó la AFIP en un comunicado, será depositada en la cuenta de la empresa privada registrada una vez finalizado el período de inscripción, esto fue el 4 de agosto.

ATP: qué es y cuáles son las nuevas condiciones

El aporte del Gobierno tendrá nuevas condiciones para el ATP 4. Las mismas fueron oficializadas a través de la decisión administrativa 1343/2020 publicada en el Boletín Oficial.

El Salario Complementario para trabajadores de empresas que desarrollan actividades afectadas en forma crítica será:

  • Equivalente al 50% del sueldo neto, y no podrá ser inferior al equivalente a un salario mínimo vital y móvil ($16.875) ni superior a dos SMVM ($33.750).
  • Límite de hasta dos salarios mínimos ($ 33.750) para actividades consideradas críticas (turismo, restaurantes, gimnasios, cultura y deportes)
  • Límite de hasta $ 25.300 para otros rubros (un salario mínimo y medio).
  • El Salario Complementario no podrá arrojar como resultado que el trabajador obtenga un beneficio superior a su sueldo neto correspondiente a mayo último.
  • El ATP lo recibirán empresas que presenten una variación nominal de facturación interanual negativa, comparando junio de 2020 con el mismo mes de 2019.
  • En el caso de las empresas que iniciaron sus actividades entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación del mes de junio de 2020 debería hacerse con la de diciembre del año pasado.
  • En tanto, para las que iniciaron su actividad a partir del 1 de diciembre de 2019 no se considerará la variación de facturación para la obtención del beneficio.

Opción Crédito a Tasa Subsidiada

Se otorgará a aquellas empresas que cuenten con menos de 800 trabajadores y que desarrollen como actividad principal algunas de las incluidas en el ATP, en tanto verifiquen una variación de facturación nominal interanual positiva de hasta el 30%, lo que equivale a una variación real negativa, teniendo en cuenta que la inflación alcanzó a 42,8% anual.

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Monto del crédito: se calculará como la sumatoria del 120% de un SMVM por cada trabajador que integre la nómina al 31 de mayo último.

Este beneficio no se aplicará a los trabajadores cuya remuneración bruta devengada en mayo supere los $ 140.000.

Tasa de interés

  • 0% cuando la variación en la facturación sea de 0% a 10%
  • 7,5% anual cuando los ingresos hayan variados entre 10,01% y 20%
  • 15% a partir de ahí y hasta una variación de 30%.

Este financiamiento contará con un período de gracia de tres meses a partir de la primera acreditación, y se otorgará por un plazo de 12 meses.