Hasta $1.200 puede llegar a costar una multa por conducir con calzado inadecuado. Puede que este punto no sea conocido pero está reglamentado en la Ley de Seguridad Vial.
Es el decreto Nº 326, publicado el 15 de marzo del 2018, el que especifica que entre las obligaciones de los conductores se encuentra "el uso de calzado apropiado para el manejo y control total de los pedales de embrague, freno y acelerador del vehículo a su mando".
La legislación establece que "se entiende por calzado apropiado aquellos de tipo cerrado o que, siendo abiertos, sujeten la parte anatómica dorsal, plantar y lateral, con suela antideslizante que permita la sujeción a la goma de recubrimiento de los pedales".
También se detalla que "no podrán conducir utilizando cabestrillos, yesos, botas ortopédica, y/o férulas, ni sin los anteojos y/o audífonos conforme lo establezca su Licencia de Conducir".
