¡No lo sabías!

Ley de tránsito: ¿a partir de qué edad se puede circular por la calle en bicicleta?

Existe una edad mínima para andar por la calle en bicicleta. Sin embargo, según la Ley de Tránsito es posible hacerlo antes por bicisendas o ciclovía

Por UNO

La bicicleta es probablemente el primer vehículo con el que las personas comienzan a utilizar la vía pública. Existe una edad mínima para transitar por la calle en este transporte individual que esta estipulada en la Ley de Tránsito, como así también obligaciones para los ciclistas, que abarcan desde ropa, accesorios y equipamiento.

¿A partir de qué edad se puede ir en bicicleta por la calle?

La edad que la ley estipula para circular en bicicleta por la calle es a partir de los 12 años. Sin embargo, hay excepciones. Según el sitio argentina.gob.ar, con menos de 12 años podés ir en bici por:

  • Bicisendas.
  • Vereda, siempre a la menor velocidad posible y respetando la prioridad de paso de los peatones.
  • La calle únicamente si vas con otro ciclista de 18 años o de mayor edad.
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Los menores pueden andar por la vía pública, pero acompañados por personas mayores y con extrema precaución. En este caso ninguno usa casco y es una falta al reglamento. 

Los menores pueden andar por la vía pública, pero acompañados por personas mayores y con extrema precaución. En este caso ninguno usa casco y es una falta al reglamento.

¿Puedo ir en bicicleta por una autopista?

No. Está prohibido que circulen las bicicletas por las autopistas. Esta es una de las tantas leyes que los ciclistas pocas veces respetan poniendo en riesgo su propia integridad física. Esta es una de las tantas leyes que los ciclistas suelen no respetar.

¿Cómo debo equipar mi bicicleta para poder circular?

Para que puedas circular con tu bicicleta por la calle, según la ley 24.449, es indispensable que tenga:

  • Sistema de rodamiento, dirección y frenos en buenas condiciones.
  • Espejo retrovisor.
  • Timbre, bocina o similar.
  • Guardabarros sobre ambas ruedas.
  • Luces y señalización reflectiva en pedales y ruedas para que pueda detectarse durante la noche.
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En Argentina está prohibido por ley circular por autopistas. 

En Argentina está prohibido por ley circular por autopistas.

¿Hay que vestrise de manera especial para andar en bicicleta?

Sí. Además del casco protector certificado, según el artículo 40 bis de la Ley 24.449, hay que llevar:

  • Ropa ajustada y de colores claros.
  • Calzado que se afirme con seguridad en los pedales.

¿Cuántas personas puedo llevar en mi bicicleta?

Ninguna. No se puede llevar acompañante según la Ley 24.449 en el artículo 40 bis, salvo que:

  • Se trate de un niño ubicado en un asiento especial siempre que su peso permita maniobrar y no perder estabilidad;
  • Se trate de una bicicleta que tenga más de un asiento (tándem).
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No se puede llevar pasajeros en bicicleta, salvo que se trate de niños y con asientos especiales adaptados que no pongan en riesgo la estabilidad ni el quilibrio. 

No se puede llevar pasajeros en bicicleta, salvo que se trate de niños y con asientos especiales adaptados que no pongan en riesgo la estabilidad ni el quilibrio.

¿Se puede llevar carga en la bici?

Sí, se puede llevar carga en un portaequipaje siempre que su peso te permita maniobrar y no perder estabilidad.

¿Puedo dejar mi bicicleta en un estacionamiento de autos?

Sí, se puede dejar tu bicicleta en cualquier estacionamiento o garaje que cobre por hora o por estadía. Incluso los estacionamientos o garajes tienen la obligación de tener en un lugar visible la leyenda: “Se permite el ingreso de motocicletas y bicicletas" (esto es exclusivamente para Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

El precio no debería ser mayor al 10% de la tarifa fijada para autos. Por estadía, el precio no puede superar la tarifa mínima de 2 boletos de colectivo interurbano.

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