A través de la Resolución 301, la Dirección de Transporte de la Secretaría de Servicios Públicos dispuso la medida “por el término de sesenta días a partir de la fecha de la publicación, los permisionarios prestadores del Servicio de Taxis y Remis, y del Servicio de Transporte Privado a Través de Plataformas Electrónicas, deberán colocar en sus unidades una aislación física que separe a al conductor del vehículo de los pasajeros”.
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Además indica que la aislación deberá ser de material transparente y no podrá afectar las condiciones de conducción y visibilidad del conductor de la unidad.
La normativa destaca también que la implementación de esta medida deberá ser efectuada por los permisionarios y titulares de los servicios en forma paulatina hasta el día 15 de abril de 2020 inclusive, fecha a partir de la cual deberá encontrarse instalada en todas las unidades afectadas a la prestación de los servicios mencionados.
