La Asamblea General Constituyente, convocada por el Segundo Triunvirato que había asumido el poder en 1812 gracias a la presión ejercida por los regimientos de San Martín y Ortiz de Ocampo, dictó medidas históricas entre las que se destaca la del 13 de mayo de 1813 cuando prohibe los tormentos.
La Asamblea funcionó en el edificio del Real Consulado, en la calle San Martín entre Bartolomé Mitre y Perón, donde luego se levantaría la casa Central del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Su propósito era proclamar la independencia y redactar una Constitución, Si bien no logró esos cometidos, dictó medidas históricas, que allanaron el camino independentista.
La prohibición de los tormentos
La decisión se tomó en la sesión del 13 de mayo y el decreto fue firmado el 21 de mayo de 1813.
"La Asamblea general ordena la prohibición del detestable uso de los tormentos, adoptados por una tirana legislación para el esclarecimiento de la verdad e investigación de los crímenes; en cuya virtud serán inutilizados en la plaza mayor por mano del verdugo, antes del feliz día 25 de mayo, los instrumentos destinados a este efecto" "La Asamblea general ordena la prohibición del detestable uso de los tormentos, adoptados por una tirana legislación para el esclarecimiento de la verdad e investigación de los crímenes; en cuya virtud serán inutilizados en la plaza mayor por mano del verdugo, antes del feliz día 25 de mayo, los instrumentos destinados a este efecto"
Textual del decreto formado por Juan Larrea, presidente, e Hipólito Vieytes, secretario
Se decidió terminar con las prácticas de tormentos para hacer confesar a los delincuentes o presuntos delicuentes. Se solían usar esposas, calabozos especiales y los perrillos (una especie de mordazas que mantenían cerrada la boca). Posteriormente se suprimieron los azotes a los niños de las escuelas.
A su vez, se suprimió la jurisdicción de la Inquisición de Lima sobre el territorio. Esto significó la independencia de las Provincias Unidas de toda autoridad eclesiástica que existiera fuera de su territorio, es decir, en España.
La versión oficial cuenta que cumpliendo la orden, el 25 de mayo de 1813 fueron quemados los instrumentos de tortura depositados en los calabozos del Cabildo.
El verdugo oficial José Díaz, queriendo limpiar su conciencia, tiró al fuego la silla utilizada para las torturas que se hallaba en la cárcel del Cabildo e inició una hoguera en la Plaza Mayor, a la que fueron arrojados luego todos los demás elementos e instrumentos que eran utilizados para esas abominables prácticas.
Las torturas o tormentos de aquella época
En el virreinato del Río de la Plata, el tormento era aplicado para obtener confesiones, castigar o intimidar a un detenido o por sadismo del torturador.
El potro, la garrucha, y el brasero fueron los tormentos más utilizados y su sola descripción de una idea de su crueldad.
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El Potro: la víctima era atada de pies y manos a un torno (el potro), que al girar, tiraba de las extremidades en sentidos diferentes, dislocándoselas hasta llegar a la desmembración.
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La Garrucha: consistía en elevar a la vìctima por medio de una soga atada a sus manos y con peso atado de sus extremidades inferiores, lo que producía el desgarro de las articulaciones de ambos brazos.
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El Brasero: suspendían al condenado por encima de un gran brasero tan cerca que prácticamente le asaban los pies.
Medidas abolicionistas tomadas por la Asamblea General Constituyente de 1813
- Dictó la libertad de vientres de las esclavas. Beneficiaba a los hijos de esclavas nacidos luego del 31 de enero de 1813.
- Eliminó mayorazgos y títulos de nobleza.
- Libró a los indígenas de la obligación de pagar tributo.
- Abolió la Inquisición y la práctica de la tortura.
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Puso fin al tráfico de esclavos y se declaró libres a "los esclavos que de cualquier modo se introduzcan desde ese día en adelante, por el solo hecho de pisar el territorio de las Provincias Unidas”.
En relación con los esclavos, se anunció que la primera medida sería la liberación de todos los esclavos en el territorio nacional; eso provocó airadas protestas del Brasil, ya que muchos de sus esclavos se fugaban hacia territorio rioplatense.
En consecuencia se dictó sólo la ley de libertad de vientres: se declararon libres los hijos de los esclavos nacidos en territorio de las Provincias Unidas desde esa fecha.
La esclavitud se abolió definitivamente con la Constitución Argentina de 1853.
La Asamblea General Constituyente de 1813
La sesión inaugural fue el 31 de enero de 1813 y la última
el plenario del 24 de enero de 1815, hasta que su definitiva disolución fue en los primeros días de abril de ese mismo año.
Conformación
El Segundo Triunvirato, el 24 de octubre de 1812, decretó la cantidad de diputados que le correspondería, en razón de su importancia, a la capital (Buenos Aires), a las capitales de cada provincia o intendencia y a cada ciudad, con excepción de San Miguel de Tucumán, como recompensa por el reciente triunfo sobre el ejército realista, que eligió dos diputados.
Integrantes
- Buenos Aires: Hipólito Vieytes, Valentín Gómez, Vicente López y Planes y José Julián Pérez (fue sustituido el 27 de febrero de 1813 por Manuel de Luzuriaga);
- Salta: Pedro Agrelo y José Moldes.
- Córdoba: Juan Larrea (al ser elegido triunviro el 5 de noviembre de 1813, fue remplazado por José Gregorio Baigorrí, que se incorporó el 25 de agosto de 1814, renunciando el 14 de enero de 1815) y Gervasio Posadas (triunviro el 19 de agosto de 1813, fue designado Miguel Calixto del Corro, pero su diploma no fue aceptado y se nombró a Agustín Pío de Elía).
- Corrientes: Carlos de Alvear (renunció el 4 de junio de 18133 y fue remplazado por Francisco Ortiz).
- San Juan: Tomás Antonio Valle.
- Mendoza: Bernardo Monteagudo.
- Santiago del Estero: Mariano Perdriel.
- Catamarca: José Fermín Sarmiento.
- La Rioja: José Ugarteche.
- Tucumán: Nicolás Laguna y Juan Ramón Balcarce.
- San Luis: Agustín José Donado.
- Jujuy: Pedro Pablo Vidal.
- Entre Ríos: Ramón Eduardo Anchoris.
- Santa Fe: José Amenábar.
- Luján: Francisco Javier Argerich.
- Chuquisaca: José Mariano Serrano y Ángel Mariano Toro.
- Potosí: Simón Diez de Ramila y Gregorio Ferreira.
- Mizque: Pedro Ignacio de Rivera.
- Montevideo: Pedro Fabián Pérez y Pedro Feliciano Cavia.
- Maldonado: Dámaso Gómez Fonseca.
- Los diputados que representaron a las provincias del Alto Perú fueron elegidos bajo la protección del Ejército Auxiliar. El 29 de julio de 1813 fue enviada una circular a los gobernadores intendentes de Potosí y de Cochabamba, al presidente de Charcas, y a los tenientes gobernadores de Santa Cruz de la Sierra y Tarija, para que aceleraran la elección de los diputados, ordenándose al general Manuel Belgrano que la hiciese cumplir.
No lograron incorporarse
- Santa Cruz de la Sierra: Antonio Suárez y Cosme Damián Urtubey.
- Cochabamba: José Miguel de Cabrera y Andrés Pardo de Figueroa.