Los métodos electrónicos para controlar a acusados por violencia de género no alcanzan para todos los requerimientos que existen y se priorizan los casos donde hay un mayor riesgo. Para los demás es necesaria la medida dictada por un juez de familia o fiscal, que depende solo del compromiso del imputado.
Quizá es la forma más cuestionada y polémica porque, en pocas palabras, es una restricción de acercamiento que queda plasmada en un papel. Si bien el acusado la debe cumplir a rajatabla para seguir en libertad, hay casos en los que el hombre no la cumple y puede terminar en un femicidio.
Daniela Chaler, fiscal en jefe de la Unidad de Violencia de Género, explicó a Diario UNO que “esta orden es simplemente bajo el compromiso del imputado de no violar esa restricción de acercamiento. Cuando la impone un fiscal el riesgo que corre si no lo cumple es ser detenido por incumplimiento de las condiciones de la libertad”.
“En la mayoría de los casos la mujer quiere una prohibición de acercamiento y por eso es que no en todos los casos se puede usar un medio electrónico, porque no hay 2 mil pulseras”, y ese sistema se deja para los casos más graves.
“En el caso que un hombre viole esa prohibición de acercamiento, lo puede denunciar cualquier persona que sepa de la situación, no solamente la víctima", dijo Chaler.
La fiscal detalló: “Cuando se le impone una prohibición de acercamiento por parte de un juez de familia, si la persona no la cumple comete el delito de desobediencia, entonces puede ser detenido e imputado por ese otro delito. Cuando la medida la impone un fiscal previamente debió haber sido denunciado por otra cosa, por ejemplo, amenazas o lesiones. Entonces, como medida de protección a la víctima, dispone una prohibición de acercamiento, previamente se le pregunta a la víctima si ella desea esa medida, y si incumple esa prohibición impuesta por el fiscal debería revocársele la libertad y ordenarse la detención, porque es impuesta como condición para mantener su libertad”.
Recomendaciones
El control de estos casos es mucho más difícil, por lo que Daniela Chaler aseguró que “se necesita que la gente se involucre, los familiares, los amigos, los vecinos. Si ven que la persona agresora en las inmediaciones del lugar, que den aviso a la policía, que avisen a la víctima para que tome los resguardos necesarios”.
“Muchas veces las mujeres están inmersas en un ciclo de violencia y ni siquiera reconocen que son víctimas, entonces las personas allegadas, familiares, amigos sepan que pueden denunciar. No necesariamente tiene que ser la victima la que denuncie. Pueden llamar al 144, al 911, en una Comisaria u Oficina Fiscal e incluso en las Municipalidades hay una Dirección de la Mujer para atender estos casos y pueden exponer la situación ahí para que ellos luego se lo comuniquen a la Justicia”, aclaró la fiscal de Violencia de Género.
Sostuvo que la Justicia debe intervenir igual de oficio en esos casos porque es una cuestión de orden público: “Argentina asumió el compromiso internacional de investigar, prevenir y sancionar este tipo de delitos. Si la mujer no da el consentimiento, igual se puede investigar, aunque es más difícil, incluso se puede derivar a la mujer a alguna oficina para que le den asesoramiento y quizá de esa manera entienda que es víctima de violencia de género”.
Ella también debe cumplir con la prohibición
La fiscal Chaler indicó que “cuando las prohibiciones de acercamiento las imponen jueces de familia tienen la facultad también de imponerle a la mujer que ella misma tiene que cumplir esa prohibición, porque sino la medida de protección pierde todo sentido”.
“Cuando la impone un fiscal, solamente es para el imputado, no para la víctima. Uno se le aconseja que no viole esa prohibición ya que la víctima de violencia de género es especial, vulnerable, y está inmersa en este ciclo de violencia, entonces ella denuncia, solicita la medida cuando se envalentona, cuando toma el valor de hacer la denuncia, pero cuando llega a su casa se enfría, se acuerda que está ‘enamorada’ de esa persona violenta, los niños le piden ver a su papá, y ella necesita del aporte económico del hombre, entonces ella misma lo llama. Y no es porque haya perdido el miedo, sino porque necesita de esa otra persona”, contó la especialista.
De este modo, no hay una forma de controlar a la mujer, pero ese control va a ser efectuado posiblemente por el mismo imputado que va a ser el más interesado: “Supongamos que la mujer incumple esa prohibición y después denuncia al hombre. Él va a exponer que ella es la que lo busca, la que le escribe o que lo sigue”.
