La Municipalidad de Mendoza decidió otorgar la "factibilidad de uso" a un emprendimiento inmobiliario que, según los propios documentos oficiales de la comuna, se desarrolló de manera ilegal y en una zona donde está prohibido construir.
Vivir a bidones y sin cloacas: Capital aprobó el avance de un barrio del piedemonte que viola ordenanzas y leyes
Se trata del proyecto Villa Adolfina, que tiene multas y denuncias penales por parte del Gobierno provincial. La insólita decisión de la Ciudad de Mendoza
La insólita medida fue oficializada a través de la resolución Nº 13/2026, firmada el pasado 16 de enero por la arquitecta Eva Lorena González, secretaria de Ambiente y Desarrollo Urbano de la Capital. Con su aval, la funcionaria habilitó administrativamente al barrio Villa Adolfina (ahora bajo la figura de Asociación Unión Vecinal), un proyecto que arrastra un largo historial de irregularidades en el corazón del piedemonte capitalino.
Lo sorprendente de la resolución no es solo la habilitación, sino los argumentos que utiliza. El texto administrativo reconoce explícitamente que el proyecto "había comenzado a desarrollarse clandestinamente", realizando apertura de calles y construcciones sin ningún tipo de permiso municipal.
Además, admite que el predio se encuentra en una "Zona natural de amortiguación", un área sensible donde el uso de suelo residencial de barrio cerrado "no se encuentra permitido". A pesar de estas evidencias, la Secretaría de Desarrollo Urbano decidió avanzar con la regularización.
¿Bianchi también favorece proyectos clandestinos?
González no es la única funcionaria que estaría avalando proyectos clandestinos en la zona del piedemonte.
Diario UNO accedió a un documento por el cual el subdirector de Planificación Territorial, Fernando Nicolás Bianchi también habría permitido, en agosto del año pasado, el ingreso de un camión con materiales de construcción al complejo Quintas San Isidro Oeste, otro conglomerado que tiene prohibido seguir con las operaciones.
Esto lleva a preguntarse qué pasa con algunos miembros del gabinete de Yayo Suarez, que estarian salteándose normativas vigentes y que ponen en igualdad de condiciones a todos los inversores, los que hacen las cosas en regla y los oportunistas.
Sabido es que muchos desarrollos inmobiliarios nacen a la luz de la clandestinidad y una vez consolidados, y vendidos los lotes, sus dueños le exigen a los Estados que hagan obras de infraestructura con el aporte de todos los contribuyentes, cuando ese dinero debe salir del bolsillo de los privados.
A contramano del Gobierno de Mendoza: decreto y denuncias
Mientras esto pasa en la Ciudad de Mendoza, el Gobierno provincial tomó casi en simultáneo una dirección totalmente opuesta.
Es que el Ejecutivo que preside Alfredo Cornejo promulgó hace una semana el Decreto 2.792/2025, una normativa que busca frenar la depredación del piedemonte. En el documento se clasifica como infracciones "muy graves" aquellas conductas que causen daños irreversibles o afecten zonas de protección especial, estableciendo multas millonarias.
La contradicción se agrava al recordar que este mismo loteo Villa Adolfina, que hoy la Ciudad de Mendoza "blanquea", fue objeto de una multa de varios millones de pesos y una denuncia penal impulsada por la Secretaría de Ambiente de Mendoza, en el 2023.
Las autoridades provinciales habían constatado que los desarrolladores originales avanzaron sin la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) e ignoraron órdenes de paralización.
En aquel año, se hizo especial hincapié en que el emprendimiento está emplazado en una zona de riesgo "de media y alta peligrosidad, con cauces aluvionales – áreas de muy alta peligrosidad (color rojo) atravesando el terreno. Todo ello implica la existencia de riesgo aluvional, encuadrando la zona en un área urbanizable/no urbanizable, lo que califica aún más la trascendencia de la infracción observada".
Una "confesión" administrativa
La Resolución Nº 13/2026 de la Ciudad de Mendoza está plagada de irregularidades. Para justificar el okey al emprendimiento, el municipio aceptó una reducción en la cantidad de lotes (de 274 a 115), pero validó la estrategia de los hechos consumados: construir primero en la ilegalidad y negociar después.
Al otorgar la factibilidad en una zona donde la propia normativa municipal prohíbe el uso "Loteo Cerrado", la arquitecta González envía un mensaje confuso a la ciudadanía que sí cumple con los códigos de edificación: las prohibiciones de zonificación parecen ser flexibles si el infractor persiste lo suficiente en su clandestinidad.
Vivir con bidones: la precariedad como norma
La regularización firmada por la Municipalidad no sólo desafía la lógica legal, sino también la técnica. Al estar emplazado en un lugar no apto y alejado de las redes de servicios, las condiciones de habitabilidad aprobadas son insólitas para un desarrollo urbano moderno.
La resolución detalla que el barrio no tendrá conexión a la red eléctrica ni de cloacas, dependiendo de sistemas solares "off-grid" (no conectado a la red de distribución), y biodigestores individuales. Pero el punto más crítico es el agua: el documento oficial admite que el pozo existente solo sirve para riego y servicios. ¿La solución aprobada por el municipio para el consumo humano? Que cada propietario se abastezca "mediante la compra de bidones".
Así, la Ciudad de Mendoza pone su sello de aprobación a un barrio desconectado de los servicios básicos, emplazado en una zona prohibida y con un origen clandestino, desoyendo las señales de alerta que el propio Gobierno provincial encendió con sus denuncias penales y nuevos decretos.
Afortunadamente, la resolución aclara en su artículo 3 que los dueños del lote no están avalados a realizar obras hasta tanto el proyecto cuente con la DIA (Declaración de Impacto Ambiental), visación de proyecto por ATM, y permiso municipal tramitado en expediente de urbanización.
Jaque mate: por qué el proyecto es inviable punto por punto
Más allá de la voluntad política de la gestión actual para firmar excepciones, existe una barrera legal infranqueable. La concreción de "Villa Adolfina" choca de frente con al menos cuatro ordenanzas municipales vigentes que prohíben expresamente lo que la Resolución Nº 13/2026 intenta autorizar.
A continuación, el detalle de por qué este "blanqueo" es insostenible ante la propia legislación de la Capital:
1-Sin cloacas, no hay barrio (Ordenanza 3671): Esta norma es taxativa: en su Artículo 1º "Prohíbese en toda la zona del pedemonte correspondiente al Departamento de Capital la construcción de viviendas... que no posean servicios de cloacas o conexión y/o instalación a red colectora cloacal". La resolución firmada por la arquitecta González admite que el proyecto no tendrá red, sino "biodigestores individuales". Al autorizar una urbanización sin conexión cloacal en esta zona sensible, el municipio está violando su propia normativa sanitaria y ambiental.
2-Zona de reserva, no de vivienda (Ordenanza 3889): Esta ordenanza declara de "interés público municipal" el ordenamiento del Oeste Pedemontano. Su Artículo 2º es contundente: "Prohíbase la construcción de loteos o construcciones individuales particulares y/o cualquier tipo de asentamientos o radicaciones dentro de la zona delimitada". La resolución municipal reconoce que el predio está en una "Zona Natural de Amortiguación", lo que confirma que el avance urbano allí está vedado para proteger el entorno natural.
3-Usos del Suelo (Ordenanza 3866): El Código de Usos del Suelo regula qué se puede hacer en cada metro de la ciudad. La propia resolución de factibilidad admite, negro sobre blanco, que el uso solicitado ("Loteo Cerrado") "no se encuentra permitido en la zona" según la zonificación vigente. La excepción otorgada no es un detalle administrativo, es una ruptura de la planificación urbana básica establecida por esta ordenanza.
4-El caso Dalvian (Ordenanza 3687): Si la estrategia del emprendimiento es intentar equipararse con los desarrollos vecinos para justificar su existencia, la Ordenanza 3687 les cierra esa puerta. Esta normativa regula de manera especial y exclusiva al "Conjunto Residencial Dalvian". Por tanto, no existe jurisprudencia ni derecho adquirido que Villa Adolfina pueda reclamar por cercanía; la normativa aísla legalmente a Dalvian y no permite que nuevos loteos clandestinos se amparen en sus condiciones.
En resumen: para que este barrio sea legal, la Ciudad de Mendoza no solo debió firmar una resolución administrativa, sino que debería derogar o violar sistemáticamente cuatro ordenanzas que protegen la salud pública, la seguridad aluvional y el ordenamiento territorial de todos los mendocinos.





