Feria judicial

Se demora en la Corte la avanzada por la inconstitucionalidad de la toma de deuda de Suarez

Los ministros del máximo tribunal comenzarán a analizar las actuaciones presentadas por el Fiscal de Estado y dos partidos opositores recién en febrero, una vez que retornen de la feria judicial

Según confirmaron desde el Poder Judicial, dado que los plazos no corren durante la feria judicial, los ministros de la Corte esperarán a febrero para comenzar a analizar las actuaciones.

Hasta el momento son tres las demandas presentadas. La de mayor calibre institucional es la del fiscal de Estado, Fernando Simón, quien rechazó mediante un dictamen la iniciativa de Suarez previo a que éste emitiera el decreto y luego ratificó su postura pidiendo la nulidad del decreto ante la Corte.

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Además de la del órgano de control, en la Corte se sustancian las demandas del Partido Verde y del peronismo mendocino en igual sentido. Estas se presentaron el 3 y 4 de enero de este año, respectivamente.

El Gobierno aguantará la emisión de bonos

Mediante el decreto Nº 2.502 del 28 de diciembre del año pasado, el gobernador Rodolfo Suarez dispuso de la emisión de títulos públicos en pesos por hasta el equivalente de 81.500.000 dólares y con un plazo mínimo de 18 meses "para cancelar las amortizaciones de capital correspondientes al Bono PMM29 cuyos vencimientos se produzcan durante el ejercicio 2023".

Sin embargo, estos bonos aún no han sido emitidos y, según confirmaron desde el Ministerio de Hacienda, a pesar de que la licitación ya fue autorizada el miércoles, la operatoria no se hará hasta tanto salga el fallo de la Suprema Corte de Justicia.

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Entienden que la avanzada judicial contra el decreto pone a Mendoza en una posición de desventaja a la hora de negociar esos títulos en el mercado por lo que prefieren esperar.

De todas maneras, los tiempos de la Provincia no son tan holgados dado que la primera amortización de capital del Bono PMM29 opera el 19 de marzo (el segundo, el 19 de septiembre).

El cuestionamiento legal al "roll over" de Suarez

Rodolfo Suarez y el ministro de Hacienda, Víctor Fayad, entienden que la emisión de aquellos títulos en pesos para comprar dólares y con ellos hacer frente a los vencimientos de la deuda que tomó Alfredo Cornejo está habilitada por el artículo 68 de la Ley de Administración Financiera N° 8.706.

Aquel artículo señala una autorización permanente para reestructurar una deuda, sin necesidad de que sea refrendada por los dos tercios de ambas cámaras en la Legislatura.

Sin embargo, entiende el fiscal de Estado, Fernando Simón (y los otros dos demandantes, el Partido Verde y el PJ), que en este caso la operatoria no se trata de una reestructuración sino de la toma de una deuda nueva, con acreedor nuevo y condiciones nuevas, para el pago de una deuda anterior cuyas condiciones no se ven modificadas en absoluto.

Para ello sí sería necesario contar con la aprobación de las dos terceras partes de los presentes de ambas cámaras, conforme lo exige el artículo 41 de la Constitución de Mendoza.

Teniendo en cuenta este argumento es que la Fiscalía de Estado pidió la nulidad del decreto de Suarez, mediante una acción de inconstitucionalidad; medida que deberá resolver la Suprema Corte en pleno (con la totalidad de los miembros).