El ex presidente tenía una condena de 7 años, pero como se agotaron los tiempos judiciales, la sentencia quedó sin efecto.

Menem: un agradecido al paso del tiempo

Por UNO

Razonable: adecuado, conforme a razón. Así define el diccionario. Un "plazo razonable" es, entonces, un tiempo adecuado, lógico, correcto, acertado. Ergo: 23 años para que todavía no esté concluida y cerrada una causa judicial, no es un plano razonable. Más bien es un plazo vergonzoso, patético. Y la misma Justicia, tratando de fingirse más justa y eficiente, dijo esta semana que debía absolver al ex presidente y actual senador Carlos Saúl Menem, porque no se cumplió el "principio de plazo razonable" para arribar a una sentencia firme en la causa por el contrabando de armas a Ecuador y Croacia. Junto con la absolución a Menem, están también las de sus consortes de causa.

La venta de armas a Ecuador y Croacia fue un una serie de negocios ilegales de armamentos producidos en la Fábrica Militar de Río Tercero y que fueron remitidos a Croacia, para ser utilizados en las Guerras Yugoslavas y también vendidos a Ecuador, para la Guerra del Cenepa contra el Perú.

El 3 de noviembre de 1995 explotó Fabricaciones Militares de Río Tercero. Murieron siete personas y resultaron heridas más de trescientas, decenas de casas quedaron en ruinas y otras fueron seriamente dañadas. La ciudad quedó regada de esquirlas y municiones de guerra.

Este episodio se vinculó directamente a la venta de armas a Ecuador y Croacia, pero la Justicia también fue incapaz de probarlo.

Todos los medios del país y también varios internacionales le dieron una fuerte repercusión a este fallo absolutorio por inoperancia.

Fue la Cámara Federal de Casación Penal la que absolvió al senador Carlos Menem y al resto de los condenados en la causa por el contrabando de armas a Ecuador y Croacia al considerar, en el voto mayoritario, que no se cumplió el "principio de plazo razonable" para arribar a una sentencia firme.

El diario Página 12 hizo un punteo simple y claro del caso. Informó que el fallo fue firmado por Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Carlos Mahiques. Si bien el texto no fue difundido por el Centro de Información Judicial, trascendieron al menos dos argumentos para fundamentar la absolución. Catucci y Riggi consideraron que hubo un "exceso temporal" para arribar a una sentencia firme y que se violó la garantía del "plazo razonable" por la cual un imputado no puede permanecer eternamente en estado de incertidumbre, sin que se resuelva su situación procesal. Catucci consideró además que no existió el delito de contrabando, según consignó la agencia Noticias Argentinas.

Mahiques, en tanto, votó por condenar a todos los acusados excepto a Menem y a Jorge Antonio Cornejo Torino (ex director de Fabricaciones Militares). En el caso del riojano, el ex ministro de Justicia de la gobernadora de Buenos Aires María Eugenia Vidal argumentó que no se demostró que el ex jefe de Estado hubiera actuado con "dolo", es decir que hubiera conocido y consentido la decisión de desviar las 6.500 kilos de armas hacia Ecuador y Croacia, países que estaban en guerra y con embargos internacionales.

El diario porteño recordó que los tres decretos secretos que ordenaban vender armas a Panamá y Venezuela se firmaron entre 1991 y 1994 para vender 6.500 kilos de armamento a Venezuela y Panamá, pero que tuvieron como destino Croacia y Ecuador, pese a que estaban en conflicto bélico y por lo cual la ONU había impuesto un embargo.

Un año después, para ocultar el faltante de armas, se hizo explotar la Fábrica Militar de Río Tercero. La investigación del contrabando estuvo atada desde el comienzo a la causa de la voladura que causó siete muertes y 300 heridos, por la cual cuatro militares fueron condenados por "estrago doloso".

En noviembre de 2011, luego de tres años de juicio oral, el Tribunal Oral Federal 3 absolvió a los acusados por el desvío de las armas, incluidos Menem, su cuñado y asesor Emir Yoma y su ex ministro de Defensa, Oscar Camilión. Dos años más tarde, la Cámara Federal de Casación, con una integración diferente a la actual, anuló esa decisión y le ordenó al tribunal fijar penas de entre cuatro y doce años por el delito de contrabando agravado contra once acusados. Menem fue sentenciado a siete años y medio de cárcel y 14 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, pena que apeló y que no le impidió continuar y más tarde revalidar su mandato como senador por La Rioja.

En junio del año pasado, Casación -con votos de Ana Figueroa, Juan Gemignani y Ángela Ledesma- confirmó esa condena. El dirigente justicialista apeló entonces a la Corte Suprema de Justicia, que ordenó un "doble conforme" (que dos tribunales revisen la sentencia) y envió el caso otra sala de Casación, que fue la que se pronunció ahora. En concreto, por el desvío de armas a Ecuador y Croacia, Menem estuvo apenas cinco meses preso, entre junio y noviembre de 2001, cuando lo liberó la misma Corte Suprema de Justicia que diseñó como presidente.

El resto de los imputados antes condenados y ahora absueltos son el coronel retirado Diego Palleros, acusado de ser el intermediario en el contrabando y representante de Fabricaciones Militares, y ex militares que ocuparon cargos jerárquicos en esa empresa estatal en aquel momento: Manuel Cornejo Torino, Haroldo Luján Fusari, Edberto González de la Vega, Carlos Franke, Jesús Julio Sabra y Jorge Antonio Cornejo Torino. También el ex funcionario del Ministerio de Defensa Carlos Alberto Núñez, el ex interventor de FM Luis Eustaquio Sarlenga, y la ex jefa de abastecimiento, Teresa Hortensia Irrañeta de Canterino.