La Justicia mendocina rechazó una acción de amparo colectiva que buscaba anular la Ley 9.588, que ratificó declaraciones de impacto ambiental de 34 proyectos de exploración minera en el Distrito Minero Malargüe Occidental.
La jueza María Angélica Gamboa, del 3º tribunal de Gestión Asociada, fue quien emitió la decisión en contra de la presentación de Eduardo Sosa y la Fundación Cullunche, quienes alegaban irregularidades procesales y riesgos ecológicos en la aprobación de los proyectos mineros.
La acción tenía como fin que la Justicia declarase la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley por irregularidades sustanciales en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de los primeros 34 proyectos de exploración que se aprobaron en Malargüe en 2024.
De ellos, El Perdido, de la minera canadiense Kobrea, es el que está más cerca de comenzar a perforar.
Con posterioridad a la sanción de la ley 9.588, la Legislatura de Mendoza aprobó una nueva tanda de declaraciones de impacto ambiental para que avance la exploración de otros 27 proyectos mineros en el mismo distrito. El Gobierno, en tanto, trabaja en la evaluación de otras 71 iniciativas.
Por qué la Justicia rechazó el amparo contra los proyectos de minería en Malargüe
El tribunal determinó que el amparo resulta improcedente dado que existen otras vías judiciales más idóneas para casos como este. Además, consideró que no se demostró una ilegalidad manifiesta o un daño inminente que justifique esa vía excepcional.
En tanto que tampoco advirtió una arbitrariedad ostensible por parte del Estado, dado que a simple vista se observa que el procedimiento cumplió con las normas ambientales vigentes y los pasos y etapas que requiere la sanción de una declaración de impacto ambiental.
Por otra parte, si bien la Fundación Collunche sí probó su legitimación activa para demandar, la jueza señaló que Sosa no pudo acreditar su condición de “afectado”.
La jueza también cuestionó que los demandantes utilizaran argumentos generales y comunes contra 34 proyectos mineros distintos, cuando cada uno cuenta con su propio Informe de Impacto Ambiental e individualidad técnica.
Qué decían los accionantes sobre los proyectos mineros en Malargüe
Los accionantes argumentaron que el procedimiento para llegar a la ratificación de las DIAs fue defectuoso desde el comienzo. Que el informe de impacto ambiental de la empresa proponente (Impulsa Mendoza) no era preciso ni en cuanto a las actividades ni en cuanto a las ubicaciones; que ninguno de los 34 proyectos mineros cumplió con etapas previas necesarias para pasar a la exploración; y que la información técnica se basó en estudios previos que solo cubrían una porción del área a explorar.
Dijeron, además, que la participación ciudadana en el proceso fue deficiente y que las DIAs emitidas autorizan actividades iniciales, pero dejan el resto de las actividades exploratorias a la decisión discrecional de la Autoridad Ambiental Minera.
Hablaron de un proceso "amañado" que prioriza intereses corporativos y pone en peligro el equilibrio ecológico de Malargüe con efectos potencialmente irreversibles.
Y ahora qué
Con esta resolución de la Justicia, la ley que aprobó los primeros 34 proyectos mineros de Malargüe sigue vigente, por lo que los trabajos de exploración iniciados siguen su curso.
La discusión sobre el fondo de la cuestión podría dirimirse por otras vías, como un juicio contencioso-administrativo, si Fundación Cullunche así lo decidiera.
Desde el punto de vista administrativo, los proyectos en el Distrito Minero Malargüe Occidental (MDMO) continúan bajo la lupa de la Unidad de Gestión Ambiental (UGA), y dentro de un año deberán presentar el pedido para que la Autoridad Minera actualice su autorización.






