La Justicia mendocina publicó un un fallo contra Carina Sedano, la secretaria general del Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (SUTE). La Primera Cámara del Trabajo dispuso el cese de la tutela sindical como sanción por un ataque violento que, según se denunció, cometieron ella y miembros de su gremio en 2022. Eso significa que podrían quitarle las horas cátedra que tiene en una escuela de Lavalle.
La Justicia le retiró los fueros a la titular del SUTE y la DGE puede quitarle su cargo docente
La decisión fue publicada en la últimas horas y apunta a que, a partir de ahora, Sedano pueda perder su lugar como docente en el establecimiento Hijas de Guanacache, en la localidad lavallina de El Chilcal, donde es suplente. Esa exención de la garantía gremial es lo que habilita esa posibilidad, solicitada por la DGE y antes vedada. El fallo puede ser apelado por la referente sindical.
Según argumentó la sentencia, Sedano y otros miembros del SUTE habrían destrozado material de la UCIM (Unión Comercial e Industrial de Mendoza) y de la propia DGE, que comparten edificio, durante una manifestación el 25 de noviembre de 2022. Esas conductas incorrectas están plasmadas en actas testimoniales de personas que estuvieron presentes y que acudieron a la Justicia en calidad de víctimas.
Al tener un cargo suplente, se explica en el documento oficial, Sedano no puede ser sumariada. Pero sí se puede apuntar a lo que se hizo: la exclusión de tutela frente a la gravedad de los hechos que se le imputan. Eso es, de acuerdo a la denuncia a la que hicieron lugar los jueces, romper las maderas de una puerta de entrada, al ingresar "a la fuerza y en forma de malón".
A su vez, se le endilga a todos los que ingresaron aquel día haber ejercido violencia contra tres personas que estaban ahí. Carlos Navea; Carlos Bonada y Mónica Bustos. De esta última consta la declaración en la causa y apunta en duros términos contra los sindicalistas. A partir de ello, a Sedano le citaron dos normativas que habría incumplido: el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo y la Ley Provincial 9.263 de protección contra la violencia a trabajadores.
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Sedano rechazó las afirmaciones
La titular del SUTE, a través de su representante en la causa, afirmó que las declaraciones son falsas y que es víctima de persecución. Concretamente, dijo que desde que está al frente del sindicato docente es "hostigada y perseguida" por las autoridades de la Dirección General de Escuelas. Razón por la que "se vio obligada" a iniciar amparos sindicales.
Sedano pidió impugnar la prueba por diversos motivos. En principio, explicó a Diario UNO algunos de los puntos que también refirió a la Justicia. Aseguró que "algunas de las partes (...) ni siquiera se encontraban presentes en el lugar de los supuestos hechos" y que "ninguno declara tener conocimiento directo y personal sobre los sucesos, identificando específicamente a la demandada". Si se refiere a "alguna de las partes", esto no contradiría lo que marca la Justicia. Sin embargo, si se refiere efectivamente a que "ninguno" la identificó, esto choca con los dichos de la denunciante Bustos que constan en el documento oficial: "Incluso, la Sra. Bustos afirma haber sufrido una agresión física de la demandada", se dice allí.
A su vez, la gremialista sumó una declaración acerca de los hechos de aquel día: el famoso 25 de noviembre de 2022 en el que el personal de la UCIM dice haberse visto atacado por algo similar a una turba. La referente gremial y docente aseguró que sólo fueron a DEPJA (Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos) para participar de acciones gremiales. Como no estaba la persona a la que buscaban -afirmó- decidieron esperarla.
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La mujer, que reemplazó a finales de 2021 a quien fuera el último líder del SUTE, Sebastián Henríquez, también alegó que las declaraciones de los testigos fueron tomadas por un abogado de la DGE "que no se identifica ni firma las actas". A esa versión sumó un pronunciamiento de la Suprema Corte en el que se sugiere que a la prueba testimonial es importante que se la reciba directa y personalmente por los jueces de grado.
"La única sanción que se puede disponer es dar de baja las horas suplentes", explica el comunicado oficial de la Justicia. En ese mismo escrito aparecen las denuncias de Verónica Bustos, una de las afectadas. No sólo apuntó a los sindicalistas que entraron, sino que aseguró haber sufrido violencia por parte de la propia demandada: es decir, la misma Sedano.
A su vez, la gremialista afirmó a través de su letrada que las actas de la UCIM no reúnen, siquiera, "requisitos mínimos para ser consideradas válidas". "Eso en lo formal. En lo sustancial, la protesta no fue violenta. Son mentiras. Los trabajadores ejercían el derecho de peticionar ante las autoridades", marcó ante la consulta de este diario.
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"La violencia no es parte de la protesta legítima"
Es una de las frases que acompañan al documento y con lo cual se argumenta, en parte, la decisión que tomó la Cámara del Trabajo. Aquel día, además, es recordado que la denunciante Bustos afirmó: "Me golpearon y también algunas personas se aprovecharon de esta situación para manosearme. Me pegaron golpes de puño y patadas en el pecho, en la espalda, en el cuello y en las piernas".
Además de lo mencionado, que podría costarle uno de sus trabajos como docente a Sedano, también le cobrarán honorarios de abogados por casi $200 mil y las costas del proceso. Como se explicó antes, de todos modos, ella, el sindicato y sus representantes en la Justicia pueden apelar este fallo.
Los jueces que estuvieron a cargo de tomar la decisión fueron Alfredo Milutin, María del Carmen Nenciolini y Elcira de la Roza.
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