Dos mujeres policías que están casadas y fueron madres a mediados del 2019 consiguieron un fallo inédito que le otorgaba a la madre no gestante la misma licencia que tuvo quien dio a luz. Sin embargo, el Gobierno apeló la medida y logró que una Cámara de Apelaciones en lo Civil negara la licencia. Ahora la abogada de las demandantes promete llevar la disputa a la Suprema Corte. 

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A fines de julio pasadoCarina Robles (25) y Cintia Canciani (31) fueron madres de una beba que habían concebido mediante técnicas de fertilización asistida. Un día antes del parto, Carina que era la madre no gestante, había conseguido mediante una medida judicial que el juez Civil Ricardo Sancho ordenara otorgarle a ella la misma licencia por maternidad que a su esposa, esto es 135 días.

Ya que ambas prestan servicios en el Ministerio de Seguridad, antes del parto Robles había consultado por cuántos días de licencia le correspondían y le confirmaron que por nacimiento le correspondían sólo 3 días, ya que ella no podía considerarse como padre de la beba, a quien la ley 6722, que rige a la policía le daba 15 días de licencia.

"En el caso concreto no cabe priorizar un aspecto médico, sino la igualdad entre los miembros de la familia evitando todo trato discriminatorio contra de sus miembros... Los tratados internacionales y legislación específica que protegen a la mujer, prevén el derecho a la maternidad sin efectuar distingo alguno respecto a la forma de inicio del vínculo filiatorio", remarcó aquel fallo inédito que firmó el juez Sancho, quien aclaró que la ley no distinguía entre madres gestantes y no gestantes.

Sin embargo, 5 días más tarde el Gobierno apeló ese fallo y la causa recayó en la Cámara de Apelaciones que este viernes concluyó en no otorgar la licencia pedida por la madre no gestante.

Los argumentos de la negativa

En el fallo que redactó el juez Sebastián Márquez Lamená, y al que adhirieron sus pares Claudia Ambrosini Roccuzzo y Gustavo Colotto  aparece el planteo de si ¿cabe tratar igual a mujeres gestantes y no gestantes? y la respuesta de los magistrados es "pretender un trato igual para una mujer embarazada y una mujer no embarazada, aunque ambas vayan a ser madres del niño o niña en gestación, no resulta atendible", destaca y avanza: "no resulta razonable tratar igual situaciones diferentes. La mujer no gestante no atraviesa los cambios biológicos propios de la mujer gestante".

Respecto de los derechos laborales, el fallo reconoce que "el diseño de licencias ante el advenimiento de un hijo responde a un esquema patriarcal" y traslada el tratamiento del tema a "una revisión legislativa", pero resalta: "la ley reconoce, en lo que aquí nos convoca, una sola licencia por maternidad por cada embarazo y consecuente parto, acordándose el beneficio a la gestante. En nuestro esquema de prestaciones, el progenitor no gestante no puede acceder a la denominada “licencia por maternidad”. De hecho, los progenitores varones -que comprende el grueso de la casuística- no acceden a tal tipo de licencia".

Finalmente concluye en que: "no se aprecia –con el grado de certidumbre suficiente que requiere la concesión de una medida autosatisfactiva- el derecho de la madre no gestante de gozar de la licencia de maternidad que la ley prevé para madres gestantes".

La discusión se trasladará a la Corte

La abogada de la madre no gestante, Carolina Jacky, adelantó a Diario UNO que no sólo no comparte el fallo que niega la licencia por maternidad, sino que llevará el caso a la Suprema Corte de Justicia de la provincia.

"Es un fallo que claramente carece de perspectiva de género, que es una obligación que tienen los magistrados. Además hace plantear qué clase de capacitación tienen nuestros jueces. Nosotros lo vamos a llevar a la Corte de la provincia y estamos evaluando demandar a los jueces que firmaron el fallo", adelantó Jacky quien cuenta con un plazo de 15 días hábiles para llevar la causa al máximo tribunal. 

Aquí podés leer el fallo completo. 

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