El gobierno nacional promulgó la ley que declara la emergencia nacional en discapacidad, pero resolvió suspender su implementación hasta que el Poder Legislativo defina cómo se financiarán los gastos y contemple las partidas correspondientes en el Presupuesto Nacional.
Javier Milei promulgó la ley de emergencia en discapacidad, pero suspendió su ejecución
Tras el rechazo del veto, ahora el Ejecutivo condicionó al Congreso a que incluya en el presupuesto las partidas para aplicar la emergencia en Discapacidad

El gobierno nacional reforzó el presupuesto en ANDIS pero suspendió la ejecución de la ley en emergencia en discapacidad.
Se trata de la Ley 27.793 que declara la emergencia nacional en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026 y que el Congreso ratificó rechazando el veto del presidente Javier Milei.
En el Decreto 681/2025 que se oficializó la ley y que fue publicada en el Boletín Oficial este lunes el Poder Ejecutivo justificó la suspendió la aplicación de la legislación por el "impacto fiscal" que, entiende, implicaría para las cuentas del Estado.
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El texto oficial sostuvo que el Parlamento “omitió señalar de manera precisa” de dónde saldrán los fondos y advirtió que la facultad de reasignar partidas del jefe de Gabinete “no constituye una fuente concreta, específica ni suficiente”.
En el decreto también se remarca que el presupuesto nacional vigente “no cuenta con los créditos suficientes para cubrir su aplicación”.
La promulgación fue comunicada al Congreso, a la espera de que se incorporen las partidas necesarias para poner en marcha la emergencia.
Por otro lado Nación reforzó el presupuesto de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) desde el 1° de octubre, con el objetivo de actualizar pagos a prestadores del Sistema de Prestaciones Básicas.
Emergencia en Discapacidad tensión entre el Ejecutivo y el Congreso
Javier Milei había vetado la ley alegando que era necesario asegurar criterios de sostenibilidad fiscal y advertía que la falta de previsión presupuestaria podía “poner en riesgo la continuidad del régimen de atención”. Sin embargo, el Congreso insistió con la sanción original y, por mayoría especial en ambas cámaras, dejó sin efecto el veto. En cumplimiento del artículo 83 de la Constitución Nacional, el Ejecutivo quedó obligado a promulgarla.