Volvió al Senado

En un inusual trámite exprés, los partidos acordaron aprobar hoy la ley de debate de candidatos

La iniciativa se tratará este viernes en una sesión especial de la Cámara Alta, donde tuvo apoyo unánime, aunque volvió por un cambio dispuesto por Diputados. Buscarán incluir en los debates a los precandidatos a intendente

El proyecto para que haya debate obligatorio pasó al Senado en un inusual trámite exprés. Tras ser aprobado el martes en la Cámara Alta, la norma pasó a Diputados, donde este miércoles se pidió una modificación que la hizo retornar a su recinto de origen. Se debatirá este viernes en una sesión especial y buscarán hacerle cambios que inviten también a los aspirantes a intendente. Si es aprobado, podría debutar antes de las elecciones generales de septiembre.

El radicalismo en pleno acompañó un proyecto del senador peronista Lucas Ilardo. Primer dato llamativo. El segundo es que en menos de 72 horas, un texto que provino de la oposición obtuvo respaldo casi absoluto para ser discutido y posiblemente adoptado en tiempo récord.

Así, antes del receso que se autovotaron los legisladores de la provincia, podría haber sanción definitiva para esta idea: que haya un debate obligatorio de candidatos a la gobernación.

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El senador Ilardo (PJ) es el autor del proyecto.

El senador Ilardo (PJ) es el autor del proyecto.

El tiempo es veloz

Los tiempos son clave para entender la velocidad que tomó el tratamiento: entre vacaciones y feriado por el Santo Patrono Santiago -que este año caerá en día martes-, la Cámara Alta recién volverá a sesionar en agosto.

Y evidentemente, la política de Mendoza estuvo de acuerdo en que este proyecto no puede esperar y tiene que tratarse con agilidad inusitada: por algo sectores acostumbrados a combatir violentamente -PJ, demarchismo y Cambia Mendoza-, esta vez decidieron caminar de la mano y bastante apurados.

Así que este viernes 7 de julio están convocados los senadores para analizar, en principio, una modificación puntual al documento: que las intendencias sean "invitadas" a tener también sus discusiones de precandidatos. Como por autonomía municipal no se los puede obligar a realizarlos, el texto tomaría el carácter de propuesta -opcional- para las 18 comunas. No habrá sanciones para los aspirantes que se rehúsen a discutir contra sus rivales en esas categorías.

Superado ese escollo de las intendencias, que no traería grandes dificultades, es probable que en horas se celebre ese acuerdo político entre las diferentes bancadas, con el primer debate obligatorio de la historia provincial como resultado.

De ese cambio surgen interrogantes respecto a qué pasará con otros cara-a-cara tradicionales de la provincia, como los que suelen organizar los canales televisivos de aire y las universidades.

Aunque no los afecta de modo directo, podría implicar que ciertos candidatos elijan a aquél para hacer una participación única; dejando de lado a los demás. Algunos dirigentes ya habían manifestado malestar con la "maratón" de cruces en otros años, y su interés por achicar la cantidad de discusiones.

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¿Qué pasa si no quieren debatir?

Como es obligatorio, para los candidatos que decidan no formar parte habrá sanciones: se les suspenderán los espacios de publicidad audiovisual (tanto en radio como televisión) que les correspondan por ley. Los minutos que dejarían vacantes al dejar de participar, se repartirán entre todas las coaliciones restantes.

Si un candidato a gobernador se baja del debate previo a las elecciones de septiembre, por ejemplo, su porción de pauta se repartirá entre los cuatro frentes en competencia.

Para ponerlo en práctica, debe modificarse la ley provincial 2.551, que vela por derechos y deberes de los electores en Mendoza. Cambiaría el Título III bis de ese cuerpo, agregándole cinco artículos con sus respectivos apartados. Para la etapa de reglamentación queda pendiente definir aspectos como el lugar, la fecha y la hora del encuentro, como así también los criterios para seleccionar moderadores.

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Cornejo - Casado, la fórmula que ganó las PASO. El sancarlino sería uno de los participantes si el debate se hace este año.

Cornejo - Casado, la fórmula que ganó las PASO. El sancarlino sería uno de los participantes si el debate se hace este año.

Como se dijo, el texto es iniciativa de Ilardo, pero incluyó también elementos de un proyecto anterior presentado por -el ahora diputado nacional- Álvaro Martínez, alfil político de Omar De Marchi. Establece que el debate será transmitido en vivo vía señal única, y que se retransmitirá en los medios de comunicación públicos de la provincia. Esto incluye también a perfiles de internet.

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Así es el proyecto de debate obligatorio

ARTÍCULO 1° — Incorpórese el Título III bis a la Ley Nº 2551, Ley Electoral Provincial y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Título III bis

Del Debate Preelectoral

Artículo 19 bis.- Establézcase la obligatoriedad del debate preelectoral único y público en el marco de la convocatoria a elecciones generales provinciales, entre candidatos/as a la Gobernación de la Provincia de Mendoza proclamados según las elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias de la Ley 8619, con la finalidad de dar a conocer sus ideas y debatir ante el electorado.

Artículo 19 ter.- La Junta Electoral Provincial convocará a los candidatos/as alcanzados según el artículo anterior, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su proclamación como candidatos/as.

El debate deberá llevarse a cabo dentro de los veinte (20) y hasta los siete (7) días anteriores a la fecha de la elección general.

Articulo 19 quater.- El debate será transmitido en vivo por medio de señal única por los medios de comunicación públicos, tanto estatales como privados de la provincia, como así también a través de los perfiles oficiales en redes sociales y servicios de streaming del Gobierno de la Provincia de Mendoza.

La señal única será puesta a disposición de todos los medios de comunicación públicos tanto estatales como privados del país que deseen transmitir el debate de manera simultánea, en forma gratuita.

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De Marchi y Orozco, otros de los contendientes. En las PASO quedaron segundos.

De Marchi y Orozco, otros de los contendientes. En las PASO quedaron segundos.

La transmisión deberá contar con los mecanismos de accesibilidad disponibles, incluyendo la lengua de señas argentina.

Ningún emisor podrá incluir contenidos, comentarios o alterar de cualquier forma la transmisión durante su emisión.

Artículo 19 quinquies.- Los medios de comunicación públicos, tanto estatales como privados, de la provincia podrán participar del debate de la siguiente manera:

El debate debe garantizar la participación de los medios de comunicación públicos, tanto estatales como privados, que estén registrados en el Enacom o sean miembros de Adepa, Fopea o Adira.

Cada medio de comunicación público, tanto estatales como privados de la provincia, tendrá la posibilidad de designar a uno o más periodistas para la participación con preguntas durante el debate, en el marco de lo que reglamente la Junta Electoral Provincial.

Artículo 19 sexies.- La Junta Electoral Provincial, previa audiencia con los candidatos/as y/o apoderados/as de las agrupaciones políticas participantes, y convocando a representantes de las universidades públicas y privadas con asiento en la Provincia de Mendoza y representantes de los medios de comunicación públicos, tanto estatales como privados, de la provincia, reglamentará el procedimiento del debate y las demás cuestiones atinentes a su desarrollo en el marco de esta ley.

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Omar Parisi  sería otro de los participantes en la contienda. Es el referente que ganó la amplia primaria peronista.

Omar Parisi sería otro de los participantes en la contienda. Es el referente que ganó la amplia primaria peronista.

Como mínimo el reglamento deberá prever lo siguiente:

Inc. a) Lugar, fecha y hora del debate,

Inc. b) La forma de selección de los moderadores del debate,

Inc. c) Los temas a debatir y el tiempo destinado a expresarse sobre los distintos temas,

Inc. d) Deberá garantizar un espacio dentro del debate para la participación de los candidatos/as a la vicegobernación.

Artículo 19 septies- Los candidatos/as debidamente convocados que no se presenten al debate serán sancionados con la suspensión de los espacios de publicidad audiovisual que le correspondieren a la agrupación política por la que se presentan, según lo establecido en el artículo 18 de la Ley 8619. Dichos espacios se repartirán de manera equitativa entre el resto de los candidatos/as participantes.

ARTÍCULO 2.- De forma

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