"Sin existir una regulación legal específica para el caso, y teniendo en cuenta el criterio en materia de género destacado por la Cámara Nacional Electoral en el fallo citado, corresponde mantener incólume el orden de la lista oportunamente oficializada a pedido de la alianza, produciéndose el movimiento natural ascendente de todas las candidaturas, ya que ello no afecta la previsión legal del art. 60 bis del C.E.N. ni el espíritu de las normas constitucionales y legales sancionadas en la materia. No corresponde en el caso aplicar las previsiones del art. 164 del C.E.N. ya que dicha normativa se encuentra específicamente prevista para Diputados Nacionales electos, y no para una lista de candidatos, lo que implica una situación jurídica completamente distinta", detalla el fallo.
El domingo. y través de un comunicado, José Luis Espert, puso a disposición su renuncia a la candidatura a Diputado Nacional por la Provincia de Buenos Aires y el presidente Javier Milei decidió aceptarla.
Aceptó otras dos renuncias para las elecciones del domingo 26
En el fallo Ramos Padilla también aceptó las renuncias de las candidatas Lucía Elizabeth Bernardoni y María Gabriela Gobea, ambas alineadas con el sector de Esprt en la LLA.
Entre los argumentos de Alejo Ramos Padilla se detalla que "la ley no ha regulado expresamente cómo debe efectuarse el reemplazo ante la renuncia de un candidato ya oficializado" y que "el Código Electoral Nacional exige únicamente que la lista de candidatos oficializada cuente con una mujer y un varón intercalados en todos sus puestos desde el comienzo hasta el final de la lista (art. 60 bis)".