El Senado le dio media sanción este martes a la reforma de la ley de arbolado público, que tiene como objetivo evitar trámites "innecesarios" ante la órbita provincial en casos como erradicaciones u otras intervenciones.
A pesar de una mayor autonomía municipal, las comunas aún deberán rendir cuentas anualmente y presentar previamente un plan cuatrienal que incluya acciones de erradicación, poda, mantenimiento y forestación.
La propuesta, de autoría del senador Marcelino Iglesias (ex intendente de Guaymallén), obtuvo despacho favorable la semana pasada, tras su tratamiento en las comisiones de Ambiente y de Legislación y Asuntos Constitucionales, donde los legisladores analizaron la necesidad de actualizar las herramientas de gestión frente a los desafíos del cabio climático y el deterioro del bosque urbano.
Durante el debate en el recinto, Iglesias explicó que esta ley prevé numerosos recaudos no solo para el cuidado, sino también para la expansión del arbolado.
"Lo que proponemos es una actualización que respeta el espíritu de la norma y los organismos que crea, como el Consejo del Arbolado Público, pero otorgando a los municipios una facultad de la que hasta ahora carecen: constituirse en autoridad de aplicación dentro de su territorio”, dijo.
Según indicó, la iniciativa fue dialogada con la mayoría de los intendentes municipales y cuenta con el aval de todos los bloques legislativos.
De hecho, los senadores Armando Magistretti (Partido Demócrata), Duilio Pezzutti (Podemos-Encuentro Peronista) y Pedro Serra del Partido Justicialista manifestaron el acompañamiento de sus respectivos espacios políticos a la propuesta.
Descentralización y autonomía municipal
El eje central de la reforma es facultar a los municipios para que, mediante ordenanza de sus concejos deliberantes, se constituyan como autoridad de aplicación en sus territorios.
La medida permitirá que las comunas gestionen de manera directa las tareas de poda, mantenimiento y erradicación, reduciendo los tiempos de respuesta ante reclamos vecinales. En tanto, el Gobierno provincial, a través de la Subsecretaría de Ambiente, conservará la potestad de fijar lineamientos generales y supervisar las jurisdicciones correspondientes a entes viales e Irrigación.
Planificación y control técnico
La normativa establece que cada municipio deberá presentar un Plan de Manejo Integral del Arbolado cada 4 años, ajustado a criterios técnicos provinciales. También deberán remitir informes anuales detallando las acciones desarrolladas y sus resultados.
Este esquema permitirá consolidar un registro provincial unificado que incluya tanto las extracciones como las nuevas forestaciones y el mantenimiento en zonas rurales.
El camino hacia la sanción definitiva
Durante la fundamentación, se remarcó que la actualización de la ley apunta a fortalecer la cultura del cuidado del arbolado público en Mendoza.
Con la media sanción del Senado, el proyecto (expediente N° 80140) fue girado a la Cámara de Diputados para continuar su tratamiento legislativo.





