Media sanción

Diputados aprobó el proyecto que permite acelerar la escrituración y la cancelación de deudas del IPV

La iniciativa brinda herramientas legales para facilitar la escrituración de viviendas canceladas del IPV, cuando los adjudicatarios son remisos, o por cualquier circunstancia se ven imposibilitados de concurrir al acto escritural
Por UNO

La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, otorgó este miércoles sanción inicial al proyecto del Poder Ejecutivo que plantea acelerar la escrituración y la cancelación de deudas de viviendas del IPV. Desde el oficialismo destacaron que el beneficio alcanzará a más de 55.000 familias mendocinas.

La iniciativa propone “establecer un marco jurídico a fin de proceder a regularizar la titularidad de las viviendas otorgadas y/o financiadas por el IPV a los fines de su escrituración”, y a la vez determinar un régimen especial de cancelación anticipada de los créditos de soluciones habitacionales otorgados por el organismo.

Según sostiene la fundamentación, “el fin último del IPV es brindar acceso a viviendas dignas para la población, logrando también la escrituración de la vivienda a favor de sus propietarios. Sin embargo, no basta la entrega de la solución habitacional para poder dar techo a los adjudicatarios, sino que el compromiso asumido debe llegar al traslado efectivo del dominio a través de la escrituración de la vivienda”; y para lograrlo, se requiere de diferentes esfuerzos, la inexistencia de deudas, los planos de mensura y que los sujetos que suscriban los actos notariales no se encuentren inhibidos, entre otros casos.

Este proyecto entonces, recupera beneficios que se encuentran consignados en “diversas Leyes de Regularización de Titularidad como fueron las Leyes 6093, 6194, 6776 y 7706, como así también herramientas legales para facilitar la escrituración de viviendas canceladas, cuando los adjudicatarios son remisos, o por cualquier circunstancia se ven imposibilitados de concurrir al acto escritural”, agrega la carta de elevación de la normativa.

Ya en el articulado, la media sanción dispone que será el IPV la autoridad de aplicación y por lo tanto queda “facultada a otorgar los beneficios de esta norma a los interesados que cumplan los requisitos establecidos en la misma, en concordancia con la reglamentación que se dicte”.

Contempla aspectos como la Regularización de la Titularidad por Transferencia, así como por Ocupación, y establece que el IPV podrá instrumentar un sistema que permita verificar el estado de ocupación de las viviendas, con el objeto de instar a la regularización prevista y a partir de los casos de regularización derivados de la presentación espontánea de los interesados.

De igual forma, se consigna que los trámites efectuados por ello “estarán sujetos al pago de una tasa en concepto de gastos administrativos, la que será fijada por el directorio del IPV en función de las categorías u otras variables que estime pertinentes y no podrá superar el 4% del salario mínimo vital y móvil (SMVM)”.

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Sobre la escrituración de las viviendas se establece una disposición común ya que en “todos los casos de escrituración de viviendas entregadas por el IPV, se encuentre o no cancelado el precio de la misma, podrá suscribirse la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor de sus adjudicatarios, aunque respecto del inmueble exista deuda por impuestos, tasas y servicios.

En estos casos, la escrituración de la vivienda no significará quita, renuncia, condonación o extinción de dichas deudas, las cuales podrán ser cobradas por los organismos acreedores que correspondan, a sus deudores. Los deudores, y por tanto responsables del pago de dichas deudas, son los adjudicatarios y/o poseedores de la vivienda de que se trate, conforme lo establecido por la Ley Nº 9179 de la Provincia de Mendoza”.

El segundo título de la ley hace referencia a la implementación de un régimen de Cancelación Anticipada para todos los beneficiarios que adhieran al mismo. Para los casos de viviendas o créditos, cuyo saldo de capital más mora total sea de hasta el monto de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) al momento de solicitarlo, los adjudicatarios o beneficiarios del crédito podrán cancelar dicha suma con una quita del 60%, siempre que se efectúe en un único pago y en moneda de curso legal.

En tanto, para las viviendas o créditos que fueron otorgados hasta el 31 de diciembre de 2005 y no se encuentren comprendidos en el caso anterior, podrán cancelar el saldo de capital más mora con un descuento del 50%, mientras que para los otorgados desde el 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2015, la quita será del 40%.

En los tres casos, se sumará un 10% extra de descuento para aquellos adjudicatarios que adhieran a este régimen y no se encuentren en mora en el pago de las cuotas.

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Debate en el recinto por las deudas del IPV

Desde la UCR, el diputado Emiliano Campos indicó que esta normativa “permite regularizar esa condición irregular realizando un trámite administrativo que tendrá un costo menor al 4% del SMVM, que es alrededor de $1.200. Esta ley no tiene un fin recaudatorio, pero es importante que quien empieza el trámite de regularización, lo termine”.

“En todos los casos se procederá a la escrituración de las viviendas. Hoy esas viviendas siguen a nombre del IPV, lo que hace que el Estado tenga un montón de propiedades que no son suyas, con deudas impagas, etc. Ahora eso pasa al verdadero poseedor de la vivienda”, dijo.

Luego de un repaso por los puntos centrales de la iniciativa, Campos cerró al expresar que “es una ley beneficiosa para más de 55.000 familias mendocinas. Permitirá destinar los recursos humanos a lo que verdaderamente tienen que hacer, que es construir viviendas”.

En el mismo sentido se expresó Jorge López, titular de la comisión de Hacienda y presidente del Interbloque Cambia Mendoza, quien sostuvo que “fue un trabajo con el espíritu de aportar al proyecto de ley, lo hicimos compartiendo el diagnóstico. Sabemos que esta ley no solucionará el problema de escrituración de todas las viviendas el IPV pero si dará herramientas al organismo para resolver este problema”.

Gustavo Cairo, del PRO, sostuvo que “de los 55 mil créditos que tiene el IPV, más del 50% está en mora. A buena parte de las personas que tienen estas viviendas les estamos pidiendo por favor que escrituren, pero dadas las circunstancias es verdad que al IPV le cuesta más solventar el andamiaje administrativo. Este es un problema de vieja data”.

Desde el Partido Demócrata, la diputada Mercedes Llano, manifestó su abstención a la norma. Opinó que “es una ley que aborda una problemática social, de gran complejidad, por lo que requiere un análisis más profundo del que se le dio”. Asimismo afirmó no acordar porque “entendemos que es un mensaje no adecuado a este tiempo y a las bases de honrar las deudas”.

También, el diputado Mario Vadillo (CxM), fue crítico al asegurar que teniendo en cuenta “a las 100 mil familias que son inquilinas en nuestra provincia, no se les puede explicar a estas familias que en Mendoza se regalaron prácticamente 55 mil viviendas”.

Desde el Frente de Todos, la diputada Marisa Garnica, consideró que “estos créditos son de 30 años atrás, por eso están desfasados, y esta ley va a regularizar situaciones de muchos años”. Por su parte, Gustavo Perret, del mismo bloque, expresó que también se tendría que contemplar “a los que han cumplido a lo largo del tiempo”.

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