Más de 60 abogados

D'Agostino confirmó la convocatoria para armar un cuerpo de conciliadores que descomprima la Justicia

Con la publicación del decreto reglamentario de la ley de Oficina de conciliación civil, comercial y de paz, Suarez dará rienda suelta para que comience el proceso de exámenes y selección de los postulantes. Se estima que el 60% de las causas podrían resolverse sin necesidad de pasar al Poder Judicial

El gobernador Rodolfo Suarez ya tiene preparado el decreto reglamentario de la ley que creó la Oficina de Conciliación Civil (OCC). Verá la luz esta semana en el Boletín Oficial y con ello quedará habilitada la Subsecretaría de Justicia de Marcelo D'Agostino para comenzar el proceso de selección de entre 60 y 70 abogados que conformarán un cuerpo de conciliadores con el que se busca "liberar" al Poder Judicial de un 60% de las causas actuales.

La buena experiencia que dieron en Mendoza la Oficina de Conciliación Laboral y las audiencias iniciales en las causas civiles son una especie de garantía para apostar a esta instancia extrajudicial previa y obligatoria para resolver mediante la mediación casos civiles, comerciales y de paz. Para los jueces entonces, quedarán las resoluciones de casos más complejos o aquellos en los que no se pueda llegar a un acuerdo.

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Según confirmó D'Agostino en diálogo con Diario UNO, este 17 de febrero se hará la convocatoria oficial al tribunal que tomará los exámenes correspondientes a los abogados postulantes que cumplan con los requisitos.

El cronograma anual marca como agosto el mes en el que se estima que la ansiada Oficina de Conciliación Civil, Comercial y de Paz se pondrá en marcha.

Los concursos para conformar la Oficina de Conciliación Civil serían en mayo

Hacia finales de esta semana se convocará al tribunal examinador formado por un representante del Poder Ejecutivo, uno de la Federación de Colegios de Abogados, uno de la Asociación de Magistrados y un veedor de la Suprema Corte de Justicia de la provincia.

La convocatoria se publicará durante tres días y anunciará la fecha de inscripción para los exámenes. Tras ella, la admisión formal de los postulantes y las recusaciones que pudieran corresponder, se citará a los inscriptos. Según calculan desde la Subsecretaría de Justicia, esto podría ser en mayo de este año.

Aquellos que rindan y aprueben el examen escrito pasarán a la instancia oral, que contará con una capacitación en materia de conciliación.

Se hará un concurso por cada una de las cuatro circunscripciones judiciales para conformar un cuerpo de entre 60 y 70 abogados conciliadores en toda la Provincia.

Ese cuerpo, estiman desde Gobierno, podría estar conformado hacia agosto, una vez que se retome la actividad después de la feria judicial de invierno.

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El subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino, y el procurador de la Corte, Alejandro Gullé, en la Legislatura el día de la sanción de la ley.

El subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino, y el procurador de la Corte, Alejandro Gullé, en la Legislatura el día de la sanción de la ley.

Los antecedentes que respaldan al creación de la Oficina de Conciliación Civil

"El principio general de la creación de esta oficina es reducir la cantidad de causas que llegan a juicio y, por tanto, agilizar los procesos civiles", explicó Marcelo D'Agostino, quien ya ultima detalles para llevar a cabo los concursos.

Tienen en cuenta desde la subsecretaría de Justicia para esperar esos buenos resultados que hoy, con el sistema actual procesal civil, ya en la audiencia inicial se resuelven el 40% de las causas. Esta estadística se suma además a la que surge de la Oficina de Conciliación Laboral en la que se resuelven un 60% de los conflictos.

"Estimamos que el 80% de las causas en materia civil, comercial y de paz deberán pasar obligatoriamente por esta instancia", señaló el subsecretario.

Desde su oficina en el cuarto piso de Casa de Gobierno, D'Agostino brindó más garantías: "Del 100% de las causas laborales, por ejemplo, hubo picos de hasta el 60% de acuerdo en la conciliación".

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"Creemos que éste puede ser un buen antecedente sumado al que tenemos de las audiencias iniciales que introdujo el nuevo Código de Procedimiento Civil en las que concilia el 40%", proyectó el funcionario del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia de la Provincia.

Una de las diferencias clave entre la audiencia inicial que se lleva a cabo hoy en el ámbito del Poder Judicial y la conciliación obligatoria que se llevará a cabo extrajudicialmente será que en esta última las partes pueden proponer y convocar peritos para poder probar sus posturas y así, entienden desde el Gobierno, acceder a un acuerdo con mayor facilidad.

Mesa de entrada única virtual para las oficinas de conciliación

En paralelo a la sustanciación del proceso para conformar el cuerpo de conciliadores, la Subsecretaría de Justicia trabaja en un software preparado especialmente para el funcionamiento de ambas oficinas, la de conciliación civil y la laboral. Una especie de "mesa de entrada única virtual", dice el subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino en diálogo con Diario UNO.

A través de ella se realizará el ingreso de la causa, el sorteo del conciliador y la designación de la fecha de la mediación.

Las causas que quedarán exclusivamente para el Poder Judicial

La OCC está diseñada, en general, para causas sobre daños y perjuicios, accidentes de tránsito e incumplimientos contractuales. El artículo 6 de la ley que se sancionó en abril pasado, señala que "quedan excluidas del ámbito de la conciliación previa y obligatoria las siguientes causas:

1. Procesos de garantías constitucionales;

2. Diligencias preliminares, prueba anticipada y beneficio de litigar sin gastos. Si las mismas fueren interpuestas conjuntamente con una demanda, una vez resueltas aquellas por el Tribunal competente, para continuar con el trámite de ésta última será obligatorio para el litigante acreditar haber cumplido el procedimiento previsto en esta ley;

3. Acciones declarativas y de tutela preventiva;

4. Acciones reales y posesorias;

5. Procesos de prescripción adquisitiva;

6. Medidas precautorias y anticipatorias;

7. Procesos universales;

8. Procesos de jurisdicción voluntaria;

9. Procesos donde se ventilen cuestiones vinculadas con violencia de género;

10. Causas a iniciar contra entes y organismos del sector público provincial incluidos en la Ley Nº 9234 y municipios que hayan adherido a la misma;

11. Procesos de pequeñas causas;

12. Acciones colectivas o de clase;

13. Procesos en instancia única ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia;

14. Procesos atípicos;

15. Reposición de títulos;

16. Rendición de cuentas en las que estén involucrados bienes de menores, incapaces o personas con capacidad restringida;

17. En general, todas aquellas cuestiones en que se encuentre involucrado el orden público o que resultan indisponibles para los particulares;

18. Causas a iniciar contra personas inciertas o de ignorado domicilio cuya citación deba ser practicada por edictos".

Y además, será optativa la mesa de conciliación prejudicial "para quien pretenda iniciar procesos de estructura monitoria, ejecuciones prendarias, acciones que derivan de relaciones societarias, tercerías de dominio y de mejor derecho y hábeas data".

Requisitos para ser conciliadores civiles

Los abogados que se inscriban para conformar el cuerpo de conciliadores serán evaluados en sus conocimientos pero también en el cumplimiento de los requisitos que establece la norma. Los mismos se encuentran en el artículo 10:

  • Poseer título de abogado con una antigüedad no inferior a 5 años desde su matriculación.
  • Haber aprobado la formación para conciliadores a dictar por la OCC (concurso de ingreso).
  • Realizar los cursos de capacitación permanente que disponga la autoridad de aplicación.
  • No estar incurso en las causales de prohibición e inhabilidad previstas.

Los conciliadores durarán cuatro años en sus funciones, solamente renovables por cuatro años más de manera consecutiva siempre y cuando vuelvan a aprobar el concurso de ingreso.

La ley creó un Fondo de Financiamiento para la OCC

La norma establece la forma de pago de los honorarios del conciliador y la conformación de un fondo de financiamiento para el funcionamiento de la OCC cuya administración estará a cargo del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia.

Serán las partes las que tengan la obligación de pagar al mediador (así como a sus abogados). Si no se hubiere arribado a un acuerdo, los honorarios serán 1/25 de JUS (hoy tasado en $92.285,87) y se afrontarán con el Fondo de Financiamiento que establece la presente Ley. En tanto que en caso de acuerdo, los honorarios serán 1/3 de JUS, es decir, unos $30.762, debiendo quedar establecido el modo en que será cancelada esta retribución en el acto de darse por concluido el procedimiento de conciliación.

El mencionado fondo de la Oficina de Conciliación será financiado con el pago de las tasas que los clientes paguen por su protocolización (un acta de cierre que tendrá fuerza de sentencia, por lo que será título ejecutivo).