Media sanción en Diputados

Claves para entender si la reforma de los créditos UVA aliviará o no a los deudores

El proyecto recibió media sanción en Diputados y pasó al Senado. Plantea calcular las cuotas según el índice de salarios pero limita la compensación a enero de 2023, lo que no conformó a los deudores

El proyecto para reformar los créditos UVA que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados modifica el sistema de actualización de la cuota cambiando la base de cálculo y pasando de la inflación al coeficiente de variación salarial, que tiene asiento en el índice RIPTE. Ahora bien, haciendo foco en la letra chica... ¿es realmente un alivio para los tomadores?

El dictamen que se aprobó el miércoles en Diputados contiene algunos puntos que siguen haciendo ruido entre los deudores.

Si bien sustituir la base de cálculo de inflación al RIPTE era el principal objetivo y se logró, un segundo punto considerado clave era que ese nuevo sistema se utilizara para actualizar las cuotas desde agosto de 2019 y no desde enero de este año, como finalmente se aprobó.

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El sistema de cálculo aprobado en Diputados es solo para quienes tienen créditos menor o igual a 120.000 UVA.

El sistema de cálculo aprobado en Diputados es solo para quienes tienen créditos menor o igual a 120.000 UVA.

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Durante esos casi cuatro años se produjo el desbarajuste entre la inflación y los salarios y es por ello que hay quienes consideran, como el diputado Julio Cobos (UCR), que se debe insistir en el Senado para que se introduzcan cambios en el proyecto y se permita recalcular las cuotas desde el 2019, como falló la Justicia en dos causas de mendocinos contra el Banco Nación.

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Qué dice la letra chica del proyecto de modificación de los créditos UVA que recibió media sanción

En primer lugar, y siempre que se apruebe la ley, acogerse al régimen será opcional y para ello los tomadores de crédito tendrán 180 días corridos desde que se publique la norma en el Boletín Oficial.

En los supuestos en que el deudor decida regirse por este nuevo sistema, la regla será que el valor de la cuota se calculará teniendo en cuenta el índice que resulta de las remuneraciones promedio de los trabajadores estables.

Pero si éste resultase mayor que el índice de la inflación publicado por el INDEC, la cuota de ese mes se ajustará en base a éste último. Es decir: siempre se aplicará el índice que resulte menor.

Ahora bien, si efectivamente hubiera una diferencia entre lo que pagó el deudor y lo que según estas nuevas reglas debió haber recibido el banco, el tomador podrá recibir una compensación, pero solo a partir del 1 de enero de 2023 -y no desde agosto de 2019 como está determinando la Justicia-.

¿Y entonces la sanción de la ley produciría un alivio inmediato en los deudores asfixiados? No.

El último salario promedio calculado a mayo de este año es de $279.820,37 y la variación respecto del mes anterior fue del 6,2%. Pero en abril y marzo, el índice fue muy alto: del 9,8%; mientras que en febrero fue del 8,4 %. Recién en enero encontramos un índice más bajo: del 3,8%.

Si comparamos esos mismos meses con la inflación, encontramos que solo en enero (6,1%) y en mayo (7,8%) el RIPTE fue menor que la inflación por lo que la diferencia en el valor de las cuotas en este primer semestre del año no sería sustancial.

El índice de salarios dio un salto en febrero de este año y se acomodó generalmente por sobre la inflación por lo que, efectivamente, los tomadores de créditos UVA no verán muchos cambios en sus cuotas.

Y además, hay que tener en cuenta que este año es electoral por lo que es posible que la inflación esté contenida en los próximos meses y acabe resultando por debajo del índice de los salarios.

"Hay que mirar el proyecto con visión a futuro", dijo a Diario UNO alguien que trabajó desde adentro en la Cámara de Diputados.

"Los créditos son a 20, 30 años por lo que, si bien es cierto que lo ideal sería que contemple las cuotas desde 2019, es un paragüas para el deudor a largo plazo", agregó para llevar tranquilidad especialmente a quienes hoy siguen mirando de reojo el proyecto que recibió media sanción.

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Con 134 votos afirmativos, 40 negativos y 18 abstenciones, se aprobó el Sistema Integral de Cobertura y Promoción de Créditos Hipotecarios.

Con 134 votos afirmativos, 40 negativos y 18 abstenciones, se aprobó el Sistema Integral de Cobertura y Promoción de Créditos Hipotecarios.

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El artículo que ya miran los abogados y que fue discutido en el recinto

"El acogimiento al presente régimen importará el allanamiento o desistimiento total de acciones, declaraciones, reclamos y/o recursos en trámite (...)", establece el artículo 6 votado por mayoría.

Esto significa que aquellos que quieran someter sus créditos UVA a esta nueva forma de cálculo de las cuotas deberán dejar de lado la vía judicial.

La norma en sí y la redacción de la misma fue cuestionada por el diputado Nicolás Del Caño (FIT) durante la sesión: "Es un chantaje y obliga a las familias a desistir de continuar con los juicios, cuando hay casos donde los fallos iban a favor de las familias afectadas".

También es criticada por Cobos, quien dijo a Diario UNO que la respuesta del oficialismo para introducir esta cláusula fue que "la ley es para terminar con los conflictos judiciales"; sin embargo -dice el mendocino- "para eso habría que tomar la fecha de congelamiento de agosto de 2019, y de esa manera sí se estaría en consonancia con lo que está disponiendo la Justicia" y ya no tendrían razón de ser los procesos judiciales.

Hay quienes también analizan que esta condición afecta derechos de los deudores tornándose inconstitucional. Pero en la discusión legislativa se recordó que hay otras leyes, como la de Reparación Histórica para jubilados y pensionados, que está vigente y también propone una especie de acuerdo a cambio del desistimiento de las acciones judiciales.

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Otros puntos clave que regula la reforma de los Créditos UVA

Este nuevo régimen que busca transformarse en ley en la Cámara Alta es limitado para los deudores de créditos menor o igual a 120.000 UVAs o su equivalente en UVIs y el valor de la vivienda adquirida o construida inferior a las 140.000 UVAs o su equivalente en UVIs al momento del desembolso.

Para el caso de las hipotecas otorgadas mayores a 120.000 UVAs pero menores a 200.000 UVAs, la cobertura es hasta las 120.000 UVAs; mientras que para los préstamos de más de 200.000 UVAs no aplica ningún beneficio de compensación.

El proyecto establece la suspensión de juicios por desalojo durante un año El proyecto establece la suspensión de juicios por desalojo durante un año

Para brindar ese servicio de compensación entre la cuota pagada por el deudor y la que debiera percibir la entidad financiera, la ley crea un Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH).

Según el artículo 10, el fondo se activa en casos en los que el deudor quede desempleado. En estas circunstancias, el fondo oficia de garante y cubre hasta tres cuotas. Las restantes deben refinanciarse con un acuerdo entre las partes.

Los excesos cobrados por las entidades financieras originadoras de los créditos por la aplicación de la nueva fórmula de actualización, "deberán ser remitidas al Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH)".

El proyecto también establece la "suspensión de juicios de desalojo, lanzamientos, embargos o cualquier tipo de medidas preventivas y/o cautelares en trámite sobre aquellas viviendas adquiridas, construidas y/o ampliadas" de los tomadores UVA por el término de 365 días.

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Otro de los artículos importantes resalta que la cuota a abonar no puede superar el 30 % de los ingresos actuales del deudor, ni se podrá extender la duración del crédito más del 25% del plazo originariamente pactado.

A diferencia de lo que sucede hasta hoy -y hasta tanto no se sancione el proyecto como ley en el Senado y sea promulgado por el Ejecutivo- "se faculta a los deudores que lo requieran a vender la propiedad y el crédito existente sobre la misma".

Mientras que se establece "la portabilidad de los créditos con el objeto generar competencia entre las distintas entidades financieras por los créditos existentes y los nuevos".

El proyecto también regula que se puede deducir la cuota del crédito de los pagos del Impuesto a las Ganancias, por el equivalente de hasta tres salarios mínimos.

¿Pueden introducirse más cambios al proyecto?

Sí. El objetivo de los hipotecados UVA hoy pasa por convencer a los senadores de extender el beneficio de la compensación a agosto de 2019, para que el proyecto, más allá de lo que beneficioso que podría resultar a futuro, resulte en un alivio inmediato.

El otro punto que se buscará eliminar es el de la obligación de desistir del trámite judicial para acogerse a los beneficios de este régimen; aunque, por los antecedentes, este punto difícilmente sea modificado por el oficialismo en el Senado.