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El hombre está cerca de cumplir su condena y pidió un beneficio. No lo obtuvo porque la Justicia determinó que su actual pareja tiene un hijo de 12 años que corre riesgo.

Violó a su hijastra, tuvieron un bebé y temen que recupere su libertad porque es "probable" que reincida

Por Sebastián Salassalas.sebastian@diariouno.net.ar / @sebasalas_

La Justicia decidió rechazar el pedido de menor condena de un hombre acusado de abusar sexualmente a su hijastra menor de edad, con quien tuvo un bebé, por temor a que vuelva a reincidir en el delito contra un hijo de su pareja.Para entender el caso hay que remontarse a mediados de 2007, cuando la Primera Cámara del Crimen condenó a Julio Alberto Cano a la pena de ocho años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por tratarse la víctima una menor de edad en situación de convivencia.
La Justicia determinó que el hombre violó a la hija de 12 años de su pareja y tuvieron un hijo producto de esa relación -confirmado con un cotejo genético-. El fallo fue discutido por la defensora oficial del hombre quien lo llevó hasta la Suprema Corte de Justicia.La entonces representante del acusado Belén Salido –hoy jueza de la Séptima Cämara del Crimen- trató de demostrar que la pequeña tenía 13 años y que las relaciones eran consentidas. Es decir, que no se trató de un abuso sexual sino de una estupro –reduce la pena a un máximo de 6 años-. Su argumentación se basó considerando la edad de gestación del bebé y que “fue la menor quien llevó la iniciativa de la relación sexual”.En abril de 2009, el máximo tribunal de Justicia consultó con varios especialistas médicos, terminó rechazando el recurso presentado por el abusador y confirmando la sentencia en todas sus partes.Nuevo pedido Julio Cano lleva cumplida la mayor parte de su condena en el penal de Almafuerte. Con la representación de su nuevo defensor oficial, Víctor Banco, solicitaron la incorporación al régimen de libertad asistida. Este beneficio implica que si el preso tiene buena conducta puede salir de la penitenciaría 6 meses antes del cumplimiento de la condena.“El interno ha mantenido altas calificaciones de concepto y conducta, manteniéndose constante durante su internación, sumado a que no posee sanciones disciplinarias pendientes” argumentó el defensor agregando que realiza actividades de fajina y asiste al programa que su delito implica.Sin embargo, la jueza de Ejecución Mariana Gardey rechazó el pedido, por lo que insistieron ante la Cámara de Apelaciones en lo Criminal, aunque obtuvieron la misma respuesta.Estos organismos tuvieron en cuenta que Cano asistió irregularmente al programa de tratamiento de agresores sexuales: “Se vio demostrada en su asistencia irregular a las reuniones pactadas y el manejo ganancial del abordaje”.Otro de los puntos para negar el beneficio es una encuesta social que realizaron en el domicilio donde iría el procesado, donde vive su actual pareja. “Se advierte que su concubina espera que sea el interno quien le otorgue contención, afecto y protección” y no al revés, como debería ser. Los especialistas determinaron que la mujer hasta el momento cree que Cano está condenado por un robo.En tanto que en esa casa vive un niño de 15 años y la presencia del abusador “genera un grave riesgo”. “Un pronóstico de reincidencia no sólo posible, sino probable”, estimaron.“La División de Tratamiento Psicológico expresó que a pesar de asumir la autoría en el delito, no evidencia una capacidad de reparación, centrando la culpa en la víctima, sin lograr comprender la inmadurez sexual de la misma”, concluyó el camarista Luis Correa Llano.

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