Policiales Desahogo sexual
La Justicia rechazó el juicio abreviado

El fiscal del "desahogo sexual" pidió respeto para la víctima

El fiscal Fernando Rivarola apelará la resolución de la Justicia de Chubut que rechazó un acuerdo de partes para un juicio abreviado a los imputados por una violación grupal ocurrida en 2012, por considerar que no se respeta la voluntad de la víctima quien "no puede continuar con este proceso".

Según informó oficialmente el Ministerio Público Fiscal de Chubut, "se recurrirá la resolución dictada por el Juez de Garantías Dr. Marcelo Nieto Di Biasse, por no haber respetado la voluntad expresa de la víctima y soslayar la opinión de su terapeuta, quien explicó las razones por las cuales la joven no puede continuar con este proceso".

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En el anuncio de apelación se asegura que "la resolución vulnera su derecho a ser oída y a que su decisión sea considerada en la resolución del caso, contradiciendo las recomendaciones plasmadas en todos los tratados internacionales que regulan los derechos de las mujeres víctimas de violencia".

Ahora, será la Cámara del Crimen de Trelew la que deberá decidir si le da la razón al juez y convoca a juicio oral o si ratifica el acuerdo para ir a un juicio abreviado.

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La causa se inició el 4 de julio del año pasado, cuando el fiscal Fernando Rivarola solicitó la apertura formal de la investigación para imputar a cinco personas acusadas por "abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y agravado por la participación de más de dos personas".

A menos de un año de investigación se llegó a un acuerdo de partes que redujo la calificación a un "abuso sexual simple" por no hallar pruebas del acceso carnal convirtiendo al delito en excarcelable. Al plantear su dictamen, el fiscal calificó el hecho como un "accionar doloso de desahogo sexual" provocando una gran polémica en redes sociales.

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Dos de los cinco jóvenes originalmente señalados por la víctima quedaron fuera de la causa por ser, al momento del abuso, menores de edad por lo que quedaron en proceso los jóvenes Leandro Del Villar, Luciano Mallemaci y Ezequiel Quintana.

Los hechos denunciados ocurrieron el 17 de septiembre de 2012 y la víctima lo denunció por Facebook, a principios de 2019.

A la hora de rechazar el acuerdo, el juez Nieto Di Biasse fundamentó que no es un "mediador" como para aceptar un trato entre la fiscalía y los abogados defensores -con el acuerdo de la víctima- que incluía una reparación económica que las partes pretendían que no quede escrita en el dictamen por una razón de "confidencialidad".

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"De aceptar esas condiciones, se estaría reconociendo que existe una justicia para pobres y otra para ricos", dijo el juez, en obvia alusión a que, en este caso, los imputados pueden hacer frente a exigencias económicas y no pisar la cárcel por se integrantes de familias con recursos económicos.

Qué significa la polémica frase "desahogo sexual"

Cuando el fiscal elevó el dictamen del juicio abreviado para los imputados por la violación en manada calificó el hecho como "accionar doloso de desahogo sexual".

Esa frase, de arraigo judicial, generó una enorme polémica y fue muy criticada por varios sectores. El propio fiscal, incluso, se arrepintió de haberla usado y aseguró que debe ser erradicada de la costumbre jurídica.

El Ministerio Público Fiscal de Chubut explicó tras la polémica, que un abuso sexual justamente consiste en una "conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima" y que por ello se califica como doloso.

Es erróneo considerar que los imputados pueden ser excarcelables por esa calificación del fiscal. La razón por la que podrían quedar en libertad es porque el delito pasó de ser "abuso sexual con acceso carnal" a "abuso sexual simple" que los acusados confesaron y se acordó con la víctima un juicio abreviado.