La Comisión Directiva de Independiente Rivadavia convocó a elecciones generales de autoridades para el día 19 de julio de 2020. Sin embargo no es seguro que se lleven a cabo ya que la decisión final la tiene el Juez Pablo González Masanés, quién dirige el Órgano Fiduciario que controla las riendas de la institución.
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Tras la renuncia de la cúpula dirigencial de la Lepra, este miércoles se publicó mediante Boletín Oficial el llamado a elecciones.
"La Comisión Directiva del Club Sportivo Independiente Rivadavia convoca a elecciones generales de autoridades para el día 19 de julio de 2020. Las mismas se celebrarán en la sede de la institución, ubicada en calle Boulogne Sur Mer 688 (Secretaría) de la Ciudad de Mendoza en horario de 9.00 a 13.00", dice la primera parte.
Y continúa: "Los socios que resulten electos una vez celebrados los comicios, tendrán mandatos por el término de 2 años, de conformidad a lo establecido en el Estatuto vigente".
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La recepción de la "Lista de Candidatos" será hasta el día 19 de junio de 2020 en Secretaría del Club, debiendo cada una de ellas comunicar el nombre del socio que lo representará en la Junta Electoral.
Qué requisitos deben cumplir los socios que deseen ser las máximas autoridades
Los requisitos para ser electo son los siguientes:
Para ser Miembros de la Comisión Directiva (art. 50) deben ser socio pleno o vitalicio, tener mayoría de edad como mínimo y cuatro de antigüedad como socio, excepto los cargos de presidente y vicepresidente, para los que se requieren una edad mínima de treinta (30) años y una antigüedad en la categoría de seis (6) años, salvo que él o los candidatos hubieren cumplido un periodo completo en el ejercicio del cargo de Representante Titular de la Asamblea, miembro titular de la Comisión Directiva y miembro titular de la Comisión de Fiscalización, aún cuando no cubran la antigüedad exigida por el art. 50 del Estatuto.
Los requisitos para ser elector son:
Podrán votar los socios plenos y vitalicios, en condiciones de hacerlo según lo normado por el Estatuto (art. 30).
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En el acto Eleccionario convocado se elegirán las siguientes autoridades:
Comisión Directiva: (art. 48 y 49). Un Presidente, un Vicepresidente Primero, un Vicepresidente Segundo, un Secretario General, un Prosecretario, un Secretario de Actas, un Tesorero, un Protesorero, cinco (5) Vocales titulares y cinco (5) Vocales suplentes.
Representantes de Socios: (art. 33), dieciocho (18) titulares y seis (6) suplentes.
Comisión de Fiscalización: (art. 70) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes, debiendo uno de los miembros titulares ser profesional en Ciencias Económicas. (art. 75).


