Adrián Grassi, de la Unidad Fiscal Norte de la Ciudad de Buenos Aires, solicitó este viernes las filmaciones de video correspondientes para analizar si el gesto del mediocampista de Boca Fernando Gago pudo haber infringido la contravención de "provocar a la parcialidad contraria".El volante, que ya tenía la cinta de capitán por la salida temprana de Daniel Cata Díaz por lesión, se retiró al vestuario y en los últimos metros, realizó un gesto provocador para la gente de River.
Siguen las malas noticias de Boca. Tras haber caído ante River en la Libertadores, sufrir la posible sanción de la Conmebol a Pablo Pérez por escupir, ahora se le suma un seguimiento de la Justicia Contravencional.
Mandaron a pedir los videos de Gago y el "gestito de frío"
Gago se cruzó los brazos con el mensaje folclórico de "hace frío", como que en ese estadio no se siente presión ni el empuje de la gente.Según revelaron fuentes judiciales a la agencia Noticias Argentinas, este hecho está encuadrado en el Artículo 98 del Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, que pena a aquella persona que "en ocasión de un espectáculo deportivo masivo lleva o exhibe banderas, trofeos o símbolos de divisas distintas de la propia y las utiliza para provocar a la parcialidad contraria" con una "multa de doscientos ($ 200) a un mil ($ 1.000) pesos o arresto de un (1) a cinco (5) días".
La sanción se eleva al doble para quien consiente o permite que las banderas, trofeos o símbolos descriptos se guarden en el lugar donde se desarrolle el espectáculo.El gesto de Gago fue similar al que realizó el delantero de Lanús Lautaro Acosta cuando se fue expulsado frente a Banfield, en el Clásico del Sur bonaerense, y por el que esta semana debió declarar en los Juzgados de Lomas de Zamora, luego de que un abogado socio del "Taladro", lo denunció.Además, el fiscal dispuso labrar acta por omisión de recaudos contra el gerente de estadios de River y pidió que le envíen filmaciones y fotos para identificar a quienes prendieron bengalas.A este empleado de River le corresponde el artículo 96, que pena a aquella persona que omita "los recaudos de organización o seguridad exigidos por la legislación vigente o por la autoridad competente respecto de un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo".La sanción en este caso sería una multa de dos mil quinientos ($ 2.500) a treinta mil ($ 30.000) pesos o arresto de cinco (5) a treinta (30) días.La sanción se eleva al doble si se producen desórdenes, aglomeraciones o avalanchas.
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Posted by Diario UNO on Lunes, 4 de mayo de 2015






