Lo dijo Elsa Porta, abogada y ex jueza de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en alusión a la reforma que impulsa el gobernador Alfredo Cornejo.

Teléfono: "No faltan leyes para que los presos trabajen, falta voluntad política para invertir en esto"

Por UNO

Elsa Porta trabajó 42 años en el ámbito de la Justicia del trabajo: comenzó desde muy abajo, siendo meritoria, y después pasó a la secretaría de 1ª y de 2ª instancia, y luego fue jueza de 1ª y de 2ª instancia. Sin embargo, después de jubilarse, en el 2010, fue que se interesó plenamente en el trabajo en contexto de encierro.

Lo que ocurrió fue simple y usual cuando algo externo nos cambia las perspectivas que tenemos instaladas como compartimentos inamovibles y convencionales en nuestras cabezas: un viaje a Aranjuez, España, la llevó a conocer experiencias de trabajo dentro de las cárceles. Además, tuvo contacto con jueces y personas involucradas en el proceso de la pena privativa de la libertad.

Elsa cuenta que lo que escuchó y vivió le resultó impactante, porque era muy distinto a lo que se podía escuchar y vivir en nuestro país al respecto del encarcelamiento, de sus condiciones y del derecho al trabajo de quienes allí son alojados.

Esta experiencia fue el puntapié inicial para que Porta se interesara en el trabajo en contexto de encierro. Este bagaje de conocimientos la llevó a estudiar la reforma que el gobierno de Alfredo Cornejo propuso sobre la ley 8.465, de Ejecución de la Pena. Le hizo diversas críticas, explicadas en esta entrevista.

Pero, además, pone el énfasis en la finalidad que debe tener la privación de la libertad ambulatoria, y la motivación que debería perseguir el hecho de ofrecer posibilidades laborales a los detenidos, que dista mucho de lo que hoy realmente ocurre en esos espacios de supuesta resocialización. Porta subraya que por ley, y según lo afirma la Constitución nacional en su artículo 18, el único derecho que debería estar restringido para quienes han delinquido es el de la libertad ambulatoria. Sin embargo, la realidad demuestra que esto es lo que menos ocurre en nuestro sistema correccional, donde no hay garantía de que se resguarde la integridad de quienes están alojados en él.

-¿Qué críticas le realiza a la reforma propuesta por el actual gobierno, de obligar a trabajar a todos los detenidos?

-En este sentido, la ley propuesta por el gobierno de Mendoza se distancia de la doctrina de la Corte Suprema Nacional. La remuneración que deben cobrar las personas privadas de la libertad ambulatoria, según lo determina el Código Penal de la Nación, que data de 1921, establece una serie de deducciones: 10% para indemnizar a la víctima, 35% para cumplir con la obligación alimentaria de hijos menores, 25% se destina al establecimiento penitenciario para la manutención del detenido y 30% se convierte en una especie de ahorro forzoso para que el preso disponga de él cuando salga en libertad. Sin embargo, en el 2011, la Corte Suprema emitió el fallo Méndez, Roberto, que indicó que no correspondía destinar el 25% de lo que el preso cobra por trabajar para su propio mantenimiento, porque si el Estado define que la persona debe estar bajo custodia penitenciaria, debe asegurarle la satisfacción de sus necesidades básicas. La ley mendocina que establece la obligación de descontar los gastos del establecimiento penitenciario se está apartando de lo que definió el principal órgano de justicia de la Nación.

-En su opinión, ¿por qué debe ser remunerado el trabajo en las cárceles?

-Primero, porque si no se trataría de mano de obra esclava y la competencia con el afuera sería absolutamente desleal y lo que se busca a través de darle la oportunidad a una persona privada de su libertad de realizar una actividad laboral es que se parezca todo lo que sea posible a la vida libre.

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-¿Iría además en contra de la Constitución nacional?

-Por supuesto, porque en la reforma de 1994 se incorporaron, con jerarquía constitucional, los principios del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la obligación de cumplir los fallos emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ambos aseguran que la finalidad esencial de las cárceles y de lo que ocurre en ellas es la resocialización. Lo demás cae en el ámbito de la inconstitucionalidad.

-¿Cuáles son los derechos que menos se cumplen?

-La inclusión social no se cumple y las estadísticas así lo indican. Al 2013 eran 64.000 las personas privadas de la libertad en Argentina. De estas, el 95% eran varones y el 85% tenía menos de 44 años. Es decir, cada vez más personas jóvenes en la cárcel. También hay que poner en foco el estudio: el 91% no tenía el secundario completo al momento de ingresar al sistema penitenciario, es decir que se encontraba marginado de cualquier posibilidad de conseguir un trabajo formal. En lo laboral, los porcentajes también son preocupantes: el 39% de quienes ingresan a la cárcel son desocupados y el 43% subocupados, es decir, cuentan con trabajos informales (lo que conocemos como changas). Esto lo convierte en un sector totalmente vulnerable, excluidos desde antes de delinquir.

-A su criterio, ¿cuál es la gran deuda del sistema carcelario?

-La cárcel debería ayudar a superar estos límites, a terminar la escuela, a calificarse laboralmente para desempeñarse en la vida libre, lejos están estos derechos de cumplirse, en realidad se violentan constantemente.

-La reforma mendocina a la Ley de Ejecución Penal dice que "los presos tienen que trabajar"; da la impresión de que hasta ahora la opción no era aceptada.

-En las cárceles, los presos quieren trabajar, lo dicen constantemente, que el tiempo adentro de los penales es insoportable si no se lo ocupa en algo productivo. El hecho de que los presos no trabajen no se debe a un vacío legislativo, ni a voluntad de los internos. El punto es que no hay trabajo porque no hay inversión, no hay voluntad política de invertir en maquinarias, en capacitación, en las condiciones necesarias para que el trabajo en las prisiones sea realmente productivo, y los prepare para la vida libre. Hay experiencias laborales en algunos penales que distan mucho de la realidad, como por ejemplo pegar hilo sisal en bolsas de papel. Esto ¿qué preparación, qué salida laboral le aporta a un detenido?

-¿Qué errores se cometen desde la política con respecto a lo que ocurre en los correccionales?

-Uno muy importante es que el aislamiento por sí solo puede rehabilitar a una persona que ha delinquido. Esto no es así. Hay que invertir en que el trabajo sea productivo y remunerado, que es a lo que apuntan las reglas de Naciones Unidas. Hace menos de un mes, visité la cárcel de Sierra Chica, en la provincia de Buenos Aires. A los presos allí les pagan $75, no es un malentendido, no es un error, esa es la cifra. Sumado a que se lo abonan tarde, mal y nunca. ¿Quién va a querer trabajar en estas condiciones? Es mano de obra esclava.

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-¿Por qué cree que hay tantos errores de concepto en la sociedad con respecto a la realidad carcelaria?

-El discurso de los políticos apunta a asociar la seguridad con la ampliación de las cárceles, porque se manejan con encuestas. La sociedad tiende a poner la basura debajo de la alfombra, lo mejor es ignorar el problema. Pero si de verdad queremos más seguridad, tenemos que trabajar con estas personas, darles herramientas, la cárcel como está reproduce delincuencia. La seguridad no se construye con leyes más duras, ni con una cárcel muy rigurosa, en lugar de arreglar el tema lo empeora. Las personas que han estado encarceladas salen sin recursos, sin la posibilidad de haber completado sus estudios, sin la oportunidad de que nadie les ofrezca trabajo. Es más que seguro que volverán a delinquir.

-¿Por qué no se apunta a mejorar los penales para mejorar la seguridad?

-Hay un discurso oficial y el de los medios que hacen un análisis muy banal. La persona que delinque tiene responsabilidad pero la privación de la libertad es el castigo, los vejámenes y las torturas no están incluidos, están prohibidos por la Constitución. El daño que se produce en las familias de los presos debe valer para que éste se recupere.

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