La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo recaudador intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento.
Lo hizo a través de la Resolución General 5560/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial, que suprimió el servicio informático “Telegramas laborales”, donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013.
“Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento”, señaló el organismo.
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No obstante se aclaró que “el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas”.
“Esto permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado”, precisó el parte oficial.
Otras simplificaciones realizadas por la AFIP
En ese marco, recientemente la AFIP eliminó requisitos documentales y logró simplificaciones aplicadas para los siguientes trámites y sectores productivos:
- Eliminación de la obligación de registrar los contratos de alquiler ante el organismo. Solo queda vigente para acceder a beneficios fiscales.
- Eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI)
- Eliminación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor
- Reducción de 5 a 2 de las declaraciones juradas que deben presentar los establecimientos rurales con el resultado de la producción de la cosecha.
- Eliminación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF), como pasos previos para comprar mercadería del exterior.
- Eliminación del Registro de Exportadores de Carbón Vegetal (RECAR)
- Simplificación del registro de trabajadores: mediante la aplicación “Mi AFIP” se puede dar de alta un trabajador ingresando solo 7 datos.
- Eliminación de la necesidad de contar con el comprobante denominado “Hoja de ruta yerbatera” y del “Libro de Movimientos y Existencias”, mediante el cual los molinos, secaderos y/o depósitos ya no tendrán que registrar de forma obligatoria los ingresos, egresos y existencias de dichos productos.
- Automatización del cálculo del importe fijo correspondiente al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP).
- Derogación de la norma que obligaba a operadores de granos a inscribirse en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA)





