El Ministerio de Justicia de la Nación redujo los costos de la inscripción inicial y transferencia de automotores. También le dio de baja a las seccionales de los Registro del Automotor por lo que se podrá elegir donde radicar el vehículo. Los trámites se podrán hacer de manera digital
Registros del automotor: oficializaron cambios para las transferencias, costos y radicación de vehículos
Se podrá elegir donde radicar el vehículo. Los trámites se podrán hacer de manera digital. Cambios en los Registros del Automotor con el Legajo Digital Único
El Gobierno nacional hizo los cambios a través de dos resoluciones publicadas, este lunes, en el Boletín Oficial donde estableció el Legajo Digital Único (LDU) y el nuevo Certificado digital.
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La transferencia desde este lunes será del 1% en relación al valor del vehículo y también se estableció que no se cobrará la emisión de cédulas de identificación automotor sean estos títulos, chapas, patentes ni la certificación de hasta dos firmas.
La resolución establece que el Legajo Digital Único (LDU) “estará compuesto por un Certificado Digital Automotor (CDA), provisto por el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA) y un repositorio digital que contendrá las imágenes digitales de todas las Solicitudes Tipo que instrumenten la registración de un trámite generadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente”.
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La resolución que cambia el funcionamiento de los Registros del Automotor:
La transferencia de un auto podrá radicarse en el registro que la persona elija. En la resolución se les da de baja a las seccionales o regionales ya que establece “la jurisdicción única en todo el territorio de la República Argentina permitiendo la libre elección del Registro Seccional de acuerdo con los parámetros que fije la Dirección Nacional”.
También se especifica que los trámites de inscripción y transferencia de un vehículo puedan hacerse de manera digital y simplificada, sin tener que concurrir personalmente al registro automotor en el que está radicado el auto.
Estos son los aranceles que deberán cobrar los Registros del Automotor:
“Instrúyese a todos los Encargados de Registros Seccionales para que den ingreso a los trámites peticionados a través de cualquier Solicitud Tipo y procedan con su calificación y posterior inscripción u observación (según corresponda), de acuerdo con la información brindada por el Certificado Digital Automotor (CDA) disponible en el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA), sin necesidad de requerir su validación previa por parte del Registro Seccional de radicación del automotor”, establece la nueva resolución.




