Esta historia nació en un barrio privado luego del ataque de dos perros pitbulls que vivían con una mujer mayor. Sus mascotas mataron a un pequeño congénere de raza yorkshire terrier y el consorcio obligó a la jubilada a llevárselos. Ella llevó el caso a la Suprema Corte de Mendoza y expresó que los canes son parte de su "familia multiespecie". Pero el tribunal rechazó su planteo.
La Corte falló a favor del consorcio de un barrio y una mujer deberá llevarse sus dos pitbulls
El ataque de los perros de una jubilada que vive sola en el Club de Campo, en Guaymallén, sucedió en agosto del 2020, quienes escaparon de su hogar. En la casa vecina vivía un pequeño yorkshire (los perros que le gustan a Susana Giménez), que murió por las heridas causadas.
Debido a esto, el encargado del exclusivo barrio le informó a la mujer que debía llevarse los pitbulls, debido a que el reglamento interno de uso del country club, sólo permite la tenencia de hasta dos animales domésticos no peligrosos. El artículo 1 de la Ley 7.633 señala a la raza pitbull como "perros peligrosos".
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Inicialmente la jubilada aceptó esta medida del consorcio del Club de Campo, pero luego volvió a traer a sus mascotas en secreto, y los administradores del complejo habitacional le indicaron que no podía hacerlo, por lo que ella presentó una demanda civil en el Tribunal de Gestión Asociada Segundo.
La mujer argumentó que "se ha lesionado su derecho a envejecer y vivir con quien desee y a formar la familia que desee. Ella ha decidido formar una familia multiespecie, tratando, sintiendo y percibiendo a Tango y Mica (los perros) como sus hijos no humanos, por lo que resulta irrazonable y arbitrario sacar a los animales u obligar a la persona a deshacerse de los mismos”, indicó en su defensa.
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Y sumó: "Tampoco ha sido valorado que los animales son seres sintientes, con autoconciencia y declarados sujetos de derechos en numerosos fallos”.
El tribunal falló en contra de la mujer, quien luego de llevarse a Tango y Mica apeló la sentencia en la Cámara de Apelaciones, recibiendo un nuevo revés. Finalmente elevó su protesta ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, quien dio la razón al consorcio de propietarios.
Pese a considerar a los perros como animales sintientes, la Suprema Corte recordó en su dictamen que "convivir con perros u otros seres sintientes es un derecho de la persona humana pero si este derecho colige con el derecho al bienestar, la tranquilidad, a convivir en paz y a no sufrir daños de los vecinos, el interés particular, tanto de la persona humana como de las personas no humanas debe ceder ante el interés general de la comunidad de familias y personas vecinas”.




