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Inédito: pareja de mujeres policías que fueron madres logró licencia de 135 días para ambas

Editado por Rosana Villegas
villegas.rosana@diariouno.com.ar

Por primera vez en la provincia, una pareja de mujeres policías que concibieron un hijo por una técnica de fertilización asistida, logró a través de una medida judicial que el Estado les dé a ambas la misma licencia por maternidad de 135 días. La pareja llegó a la Justicia porque el Ministerio de Seguridad en donde trabajan ambas, le daba a la madre no gestante sólo 3 días de licencia como establece su régimen laboral.

La historia de amor de Carina Robles (25) y Cintia Canciani (31) comenzó hace más de 4 años, cuando ambas coincidieron en las filas de la Policía de Mendoza. A fines del 2017 decidieron coronar esa unión casándose y desde ese momento soñaron con ser madres. Después de que decidieran que fuese Cintia la gestante, en noviembre pasado consiguieron gestar a través de técnicas de fertilización asistida y la llegada de su beba estaba prevista para agosto.

Sin embargo había algo que nublaba esa felicidad: el Estado, en este caso el Ministerio de Seguridad le daba licencia por maternidad sólo a la gestante, Cintia Canciani, a quien le otorgaba los 135 días obligatorios, mientras que a la no gestante, Carina Robles, le daba sólo 3 días.

"Cuando nos confirmaron el embarazo no teníamos nada claro sobre las licencias y por eso envié una nota al Ministerio de Seguridad solicitando esa información. Ahí me responden que me correspondían sólo 3 días, no por maternidad sino por nacimiento, porque el régimen laboral no contempla a la madre no gestante. Tampoco me servía el decreto que actualizaba la licencia por paternidad que es por 15 días, porque yo no era padre, sino la otra madre del bebé", cuenta Carina Robles, la madre que impulsó la medida judicial.

Desde el Ministerio de Seguridad confirmaron que tal cual lo estipula la ley 6722 que rige a la Policía, "para la maternidad se establece que la gestante se tome 45 días antes de la fecha probable de parto y 90 días después. En el caso de los padres fija licencia de 15 días", contó María Belén González, directora de Capital Humano de esa cartera. 

Largo camino en el laberinto judicial

Esa desigualdad en las licencias las llevó a iniciar primero una causa en un Juzgado de Familia, y la causa cayó en el Primer Juzgado de Familia a cargo de Carlos Neirotti.

"Lo que buscamos desde siempre fue igualdad y equidad en la licencia para ambas, porque las dos son madres. Acá se estaban violando los derechos del niño por nacer, quien al nacer tiene derecho a tener el cuidado y el amor de ambas, y la Convención CEDAW, que preve eliminar todo tipo de discriminación contra la mujer" señaló la abogada de las litigantes, Carolina Jacky. 

Pese a que la causa se inició en ese juzgado de Familia antes de la feria judicial, allí se declararon incompetentes y mandaron a archivar las actuaciones. Tras ese rechazo y ante la inminente nacimiento de la beba que se adelantó para este miércoles 24 a través de una cesárea, la abogada decidió ir por la vía de la Justicia Civil, pidiendo una medida de protección de acuerdo a la ley de violencia de género, que en su artículo 3 estipula que protege los derechos que se contienen en la Convención de la CEDAW y en la Convención de los Derechos del niño. 

Esa iniciativa que recayó en manos del juez Ricardo Sancho consiguió la medida judicial que se expidió este martes 23 en donde le otorga a ambas la misma licencia. 

"Es dable considerar que la urgencia del caso y las razones ... ameritan un pronunciamiento favorable al pedimento solicitado por las accionantes en forma inmediata e inaudita parte sin darle el trámite de amparo que originariamente había decidido darle este Juzgado", establece el fallo y remarca: "es así que en el caso concreto no cabe priorizar un aspecto médico, sino como se dijo más adelante, la igualdad entre los miembros de la familia evitando todo trato discriminatorio contra de sus miembros... Los Tratados internacionales y legislación específica que protegen a la mujer, prevén el derecho a la maternidad sin efectuar distingo alguno respecto a la forma de inicio del vínculo filiatorio".

Con esos argumentos el fallo fija: "ordenar al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA que, bajo la responsabilidad de la peticionante, otorgue en forma inmediata a la Sra. CARINA MICAELA ROBLES licencia por maternidad en los mismos términos que a su cónyuge, Sra. CINTIA MARIANA CANCIANI"

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