A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el Gobierno dispuso que la doble indemnización no alcanzará a los trabajadores del Sector Público Nacional.
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"Las disposiciones del Decreto N° 34 del 13 de diciembre de 2019 no resultan aplicables en el ámbito del Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran", de acuerdo con el texto publicado este lunes en el Boletín Oficial citado por la agencia Noticias Argentinas.
El beneficio, en consecuencia, sólo alcanzará a los trabajadores del sector privado, hasta junio de este año.
Por medio del Decreto N° 34/19, se declaró la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días a partir de su publicación.
En consecuencia, se estableció que en caso de despido sin justa causa, el trabajador tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización que correspondiere según la legislación vigente.




