Cuarentena hasta el 23 de abril y mayores controles en Buenos Aires, CABA y grandes centros urbanos. Así seguirá el aislamiento obligatorio en Argentina, según informó el presidente Alberto Fernández.
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"La cuarentena seguirá (en principio hasta el 23 de abril) y no habrá ningún levantamiento ni se flexibilizará" desde el próximo lunes. Incluso, aseguró que habrá "más controles que hoy y más estrictos", ya que el Gobierno advierte "cierto relajamiento" en la población.
Sobre qué actividades podrían revisarse para decretarlas como servicios esenciales, el presidente expresó que el estudio se focalizará en las "que parecen tener menos riesgos". De todos modos, en los grandes centros urbanos los cambios "serán ínfimos".
Flexibilización de la cuarentena
Bancos
El sistema bancario volverá a funcionar con "un protocolo de funcionamiento al igual que lo tienen los supermercados: atenderán con un número reducido de gente dentro del local y con extremos cuidados".
Lo que ya se estableció es que desde el lunes 13 atenderán bajo un régimen de turnos, que se pueden sacar desde hoy 8 de abril.
La solicitud de los turnos debe realizarse a través de los canales electrónicos que habilitaron las entidades financieras, como home banking, mail o línea telefónica.
Según lo dispuesto por el Banco Central, el lunes 13 sólo podrán asistir quienes posean DNI con terminación 0 y 1; el martes, 2 y 3; el miércoles 4 y 5; el jueves, 6 y 7 y el viernes, 8 y 9.
Pueblos chicos
El presidente reveló que los gobernadores le presentarán diferentes propuestas y que en algunas ciudades o pueblos "se podría imponer una cuarentena comunitaria donde se flexibilice el aislamiento".
Fábricas
Respecto de la preocupación de industriales por abrir la totalidad de las fábricas, Alberto Fernández pidió comprensión y que escuchen a los expertos, desestimando alguna posibilidad de flexibilizar aún más ese tipo de actividades.
Construcción
Se trata de una de las actividades que entran dentro de las que "parecen tener menos riesgos", como dijo el presidente.
Entre los trabajadores ya hay un distanciamiento y sería más simple protegerlos.
Con ello además de las obras privadas y muchas fuentes de trabajo se reactivaría la obra pública.
Exceptuados de cuarentena: quiénes pueden trabajar hoy
Los exceptuados de la cuarentena tienen un permiso especial y exclusivo para cortar con el aislamiento obligatorio y realizar la actividad o el servicio esencial del que se trate.
Todos ellos necesitan un permiso de circulación para justificar sus traslados por la vía pública.
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Servicios esenciales
- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
- Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Personal diplomático y consular extranjero y personal de los organismos internacionales,la Cruz Roja y Cascos Blancos.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Servicios funerarios, entierros y cremaciones. No se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Obra pública.
- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
- Industrias de alimentación, higiene personal y limpieza; equipamiento médico, medicamentos, vacunas e insumos sanitarios.
- Producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc) y atención de emergencias.
- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Lavandería.
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- Casa de Moneda, cajeros automáticos, transporte de caudales y actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para el funcionamiento del sistema de pagos.
- Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias, podrán solicitar autorización a las Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
- Producción y distribución de biocombustibles.
- Transporte y distribución de combustibles nucleares.
- Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas alojadas a la fecha del decreto.
- Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones.
- Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados.
- Operación de aeropuertos, garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
- Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
- Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
- Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender a través de servicios de reparto domiciliario, y sin atención al público en forma personal.
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención para garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.
- Obra privada de infraestructura energética.
- Actividad notarial limitada exclusivamente para posibilitar el cumplimiento de las actividades exceptuadas de la cuarentena.




