Muchas familias necesitan y cuentan con la ayuda de alguna persona para limpiar y organizar el hogar familiar o supervisar a los chicos fuera del horario escolar, a estas personas suelen ser las empleadas domésticas y el del sueldo de las empleadas domésticas debe tenerse en claro que está regulado y cada vez más controlado.
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Como cualquier trabajador, las empleadas domésticas tienen derecho a la salud y a poder alimentar, educar y vestir a sus hijos. Sea la modalidad de pago que sea el sueldo de empleadas domésticas debe ser suficiente para esto, de igual forma debe contribuir a asegurarle un ingreso para cuando ya no pueda trabajar por la edad.
Hace ya unos años, existe una normativa que contempla todos los casos y funciones que estas personas pueden colaborar en los hogares argentinos.
El régimen normativo de la AFIP puede encontrarse como el de los "trabajadores de casas particulares".
En la sección de Ayuda del sitio web de AFIP quienes sean empleadores de personal doméstico, podrán informarse muy clara y gráficamente sobre todo lo referente a este tema.
Allí puede encontrarse información como el concepto del trabajo en casas particulares, el contrato de trabajo de estos trabajadores, los derechos que tienen como vacaciones, aguinaldo y obra social.
También sobre aportes previsionales para la futura jubilación, la ART para asegurarle tanto al trabajador como al empleador que en el caso de un accidente in itinere (durante la jornada laboral o en camino al trabajo o de vuelta a su hogar al retirarse) haya una empresa aseguradora que se haga cargo de pagar todo tratamiento médico que sea necesario o bien indemnizar el porcentaje de incapacidad que resulte de este tipo de accidentes.
Asimismo, explica todo respecto de la licencia por maternidad que cualquier mujer trabajadora tiene derecho y necesidad para proteger a su futuro hijo o hija, y dedicar un tiempo luego del parto al /los nuevo /s miembro /s de la familia sea para sus primeros cuidados médicos como el mutuo conocimiento, generación de vínculos familiares y recuperación física de la madre para lograr retornar a su jornada laboral con la salud y fuerza necesaria.
¿Cómo registra el empleador la relación laboral?
Para esto debe contarse con CUIT y Clave Fiscal para poder ingresar al sistema de AFIP desde donde resulta un trámite bastante sencillo.
Quienes no tengan acceso a este sistema todavía deben acercarse a alguna oficina de AFIP, donde seguramente les tomen datos biométricos y faciliten una clave provisoria para poder utilizar la página web de AFIP para registrar a la o las personas que trabajen el el hogar familiar.
¿Cuánto cobran las empleadas domésticas o de casas particulares?
El sueldo o haber que debe abonarse dependerá de las funciones que cumplan dentro del hogar. Estas funciones determinan en cuál de las categorías del régimen encajan y en base a ello será el sueldo.
Las categorías establecidas son Supervisora, Personal para tareas específicas, Caseros, Cuidado de personas, Personal para tareas generales.
En la ya mencionada sección de Ayuda de AFIP destinada a informar a los empleadores de este tipo de trabajadores puede encontrarse una tabla de los montos de las remuneraciones, que también cambian según sea trabajo por horas, por mes, si se retiran a dormir a su domicilio (con retiro) o si son de la modalidad de cama adentro o sin retiro.
La normativa contempla el Día del Personal de Casas Particulares para 3 de abril de cada año, con carácter de no laborable (como en la mayoría de los contratos colectivos de trabajo) lo que significa que en caso de que el empleador requiera o necesite que la empleada doméstica vaya a trabajar, deberá abonar el doble del precio de la jornada o de cada hora trabajada.
¿Cómo se paga el sueldo?
El pago de las remuneraciones salariales de estas trabajadoras en caso de ser en efectivo o mediante cheque (que debe estar a la orden del trabajador), deberá realizarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios y sin costo alguno para el personal.