Ante esa situación, la mujer recibió una serie de sanciones y apercibimientos de la empresa, hasta que finalmente fue despedida, detalló NA.
La mujer reclamó, pero la situación no fue considerada como discriminatoria en un fallo de primera instancia de un juzgado laboral, por lo que el caso fue apelado en el máximo tribunal provincial.
El juicio fue ganado por la empleada, ya que la Corte consideró que sufrió "daño moral" y "discriminación".
"Es necesario que los empresarios y que todos los que integramos la sociedad reflexionemos en un contexto de género, hay que concientizar al sector empresario", advirtió uno de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza
A su vez indicó que una pericia psicológica en la empleada despedida señaló que la la empleada sufría de una situación "de angustia y ansiedad" en un contexto laboral en el que cuando usaba calzas "había clientes que le manifestaban cosas que deberían ser erradicadas de la sociedad".
De esta forma el fallo tomó perspectiva de género y evidenció las distintas formas de violencia que se ejercen contra las mujeres en el ámbito laboral y se da también un contexto en el que el Gobierno reglamentó "Ley de Talles", que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país.
Hace dos años, Mendoza sumó otra denuncia que trascendió por este tipo de discriminación cuando una joven se le impidió en el complejo Termas de Cacheuta acceder a las piletas vestida con un short, y se le exigía que lo hiciese con bikini, por lo que la damnificada hizo la denuncia en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Senofobia y el Racismo (Inadi).
Fuente: NA y Archivo de Diario UNO,